martes, 12 de enero de 2016

Regímenes económicos del matrimonio

COMISIONES EN LOS CAJEROS

PARA EMPEZAR EL AÑO, TU CAJERO TE VA A COBRAR COMISIONES
Como sabes, hasta hace poco el banco no te cobraba nada por sacar dinero con tarjeta en el cajero siempre que fuese de la misma red -Servired, 4B o Euro6000- aunque no fuese de tu mismo banco.  
Hace unos meses los grandes bancos han empezado a cobrar 2 euros por sacar dinero de otro banco distinto, aunque fuese de la misma red.
Y el Gobierno ha acabado interviniendo, con un real decreto, que de nuevo lo deja a medias. A partir del 1 de enero si sacas dinero en un banco diferente al tuyo esto es lo que va a pasar:
o   El banco en el que estás sacando le va a cobrar una comisión a tu banco.
o   Tu banco asumirá el coste de esa comisión o te lo hará pagar a ti.
o   Tu banco podrá cargarte esa comisión o incluso podrá cobrarte más.
Todavía no tengo confirmación sobre lo que está haciendo cada banco, pero te puedo contar lo que han dicho que iban a hacer:
o   Popular, Bankinter, Caja Rural: prometen condiciones ventajosas, entorno a los 0´65 € y no cobrar entre estos bancos.
o   Sabadell, Bankia, Euro6000 (Unicaja, CajaSur, …): 0´65 € que se cobran entre ellas por sacar dinero de alguno de estos bancos, y esa es la comisión máxima. Por ejemplo Sabadell va a asumir la comisión de sus clientes.
o   Santander, BBVA y Caixabank: los que iniciaron la guerra, cobrarán cerca de 2 € a las emisoras de la tarjetas, y previsiblemente lo repercutirán en todo o en parte a los clientes.
Estamos hablando de sacar en cajeros que no son los del propio banco. Un consejo: cuando vayas al cajero a sacar dinero, comprueba si te sale en la pantallita un mensaje de que le van a cobrar, 2, 1 o medio euro. Y ya tú mismo.
Esto tiene un agravante, y es que hay bancos donde ya no se pueden sacar cantidades pequeñas en ventanilla. Tiene que ser a partir de 250 o 300 €. Alegan que la red de cajeros les cuesta cara, pero en mi opinión es una vuelta de tuerca más para aumentar beneficios. Hay que tener en cuenta que con los cajeros se ahorran en personal que no tiene que estar atendiendo estos reembolsos de dinero que ya es tuyo.
En este enlace puedes ver el cuadro de cobro entre distintos bancos. Así podrás saber si por ejemplo tú eres de BBVA y sacas del Santander, cuanto te van a cobrar.

CAPITULACIONES MATRIMONIALES
HOY HABLAMOS DE ROMANTICISMO, HABLAMOS DE MATRIMONIO
Matrimonio si, romanticismo para nada. El matrimonio es también un contrato económico, Y por la cuenta que nos trae, conviene conocerlo. Cuando una pareja se casa, la notificación del matrimonio va al registro civil. Pues bien, junto con esa nota van lo que se llaman “capitulaciones matrimoniales”. O sea, el régimen económico por el que se rige el matrimonio.
Y hay donde elegir. En España uno puede optar por tres tipos: RÉGIMEN DE GANANCIALES, RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES, y RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN.
Esto tiene enorme importancia en caso de separación, de divorcio, para los bancos en caso de deudas, o para nuestros herederos.
¿TANTO SE DIFERENCIAN?
1: En el Régimen de Gananciales todos los ingresos que se obtienen en el matrimonio, de un cónyuge o del otro, son propiedad a partes iguales. Si es uno el que trabaja, el sueldo es de ambos, o si a otro le toca la lotería, lo mismo, los rendimientos de las olivas igual. Eso sí, las deudas de uno también son del otro.
Es normal que en un matrimonio existan bienes que sólo pertenecen a uno. Por ejemplo la casa que la mujer heredó de sus padres, eso se llaman bienes privativos.
En este régimen para entendernos, a partir de la boda: todo a medias.
Y como toda sociedad puede disolverse y acabarse: por separación, por divorcio, por muerte, porque los dos cónyuges quieren cambiar de régimen.
¿Y QUÉ SE HACE SI QUIERES CAMBIAR EL RÉGIMEN?
En teoría es sencillo: un inventario de todos los bienes gananciales, los que se han generado dentro del matrimonio, se pagan las deudas y se reparten a partes iguales. Luego se inscriben a nombre de cada uno.
Esto tiene sus más y sus menos, como saben bien quienes han tenido un divorcio o una separación.
Este régimen se aplica por defecto, en casi toda España. O sea que si tú no eliges otro, es el que te adjudica la legislación. Aunque en alguna comunidad es distinto.
2: En el Régimen de Separación de Bienes todo lo que se ingresa va a la persona que lo ha ganado. Si uno tiene un sueldo, el dinero sólo es suyo, los ingresos de la tienda también, y puede disponer de él sin contar con la pareja. Y las deudas que pueda tener también son sólo del que las genera. Con la vivienda hay alguna particularidad, porque se exige por ejemplo la firma de ambos para una hipoteca.
Este régimen es el que se aplica por defecto en Cataluña.
3: Régimen de Participación, es con diferencia el menos utilizado. Es como el de separación de bienes, cada uno lo suyo, pero un cónyuge puede participar en las ganancias del otro en un porcentaje pactado que no tiene por qué ser la mitad para cada uno. A lo mejor ¼  y ¾.
¿Y CUÁL ES EL MÁS CONVENIENTE?
Pues como en todo: depende: el que se adapte a tus circunstancias.
En mi opinión el más justo es el de gananciales, porque en una pareja si uno tiene un trabajo y un sueldo, la pareja llevará todo el trabajo de la casa y de los hijos, que no está remunerado. Y es justo que vaya mitad y mitad.
Una curiosidad: las parejas de hecho, si no optan por otra opción también tienen por defecto el régimen de gananciales.
Ahora, en el caso de que uno tenga una empresa, puede ser conveniente el de separación de bienes, porque protege al otro de posibles deudas. O si hay un patrimonio importante de uno de ellos que quiere proteger de un marido o una mujer que pueden ser un tanto interesados.  Es como el del chiste: “le dice el marido a la mujer: María ¿me querrías igual si no tuviese tanto dinero?, a lo que la mujer responde: sí, pero te echaría de menos”. También conviene cuando hay un segundo matrimonio para proteger a los hijos que no son comunes.
Es un tema delicado para hablar antes de la boda, “¿me quieres Pepe?; si pero en gananciales”. De hecho, casi nadie lo habla, lo cual es un error, si te pasas semanas hablando de lo que te va a costar el banquete, no es lógico que ignores el dinero que vas a ingresar durante toda tu vida de pareja.

Curiosidad de la semana: pagar por dejarse la barba

Esto ocurrió en la Rusia de Pedro el Grande, en la dinastía de los Romanov. Entonces, incluso ahora, en Rusia dejarse la barba era un buen atributo masculino.
Como tantas veces en la historia, el zar tenía que financiar la guerra, y no se lo ocurrió otra cosa que poner un impuesto a todo el que se dejase crecer la barba. 100 rublos anuales. Un pastón. Algo así como la barba + IVA.

O si quieres como dijo el presidente Rajoy en un debate, el IVA de las chuches.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Ánimo con tu programa de radio, que lo veo estupendo. Muy divulgativo y a veces muy práctico. Por ponerle una pega, yo te sugeriría que llevases a algún especialista, como puede ser para la declaración de la renta.
Y sigue colgándolo en internet, que a veces me es imposible escucharlo la radio. Gracias.

Anónimo dijo...

A ver si puedes hablar de préstamos, pero no para una casa, sino para unos gastos particulares.