martes, 19 de diciembre de 2017

Cuentas corrientes para jubilados. Lo que tienes que hacer para solicitar el Bono Social de la Luz

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 12 de diciembre de 2017)

CUENTAS CORRIENTES PARA JUBILADOS

PROGRAMA DEDICADO A LOS JUBILADOS, CON SITUACIONES ECONÓMICAS QUE SE LES VAN A PRESENTAR
1ª: LOS JUBILADOS SUELEN TENER POCO NIVEL ADQUISITIVO Y NECESITAN ORIENTACIÓN ESPECIAL PARA SUS CUENTAS CORRIENTES
Tener una cuenta corriente en el banco para tu pensión, para tus recibos, para sacar dinero de vez en cuando, hoy ya te cuesta dinero. Las malditas comisiones. Y en este colectivo de jubilados, a los que no le sobra, ahorrarse unos euros eligiendo bien una cuenta, le puede dar una alegría. 
Hoy buscamos una cuenta que se adapte bien a una persona con una pensión de jubilación. Que le gane algo de dinero, o al menos que las comisiones bancarias no le coman la cuenta corriente. Hablamos de cuenta corriente, ni de depósitos, ni de otros productos.
Algunos bancos, sabiendo que las cuentas tradicionales dejan fuera a los pensionistas, ofertan cuentas para pensionistas, que exigen menos condiciones que una cuenta normal. Si eres jubilado, estas te interesan.
Todos sabemos que los bancos no son hermanitas de la caridad. Los bancos ponen requisitos para poder contratar estas cuentas para jubilados; el primero es la pensión mínima, por ejemplo el BBVA exige un mínimo de 300 €, hay otros que te exigen una pensión de al menos 600 €. Otro requisito es tener domiciliados entre dos y tres recibos: agua, luz, teléfono. Por último, algunos te exigen contratar y utilizar dos o tres veces tu tarjeta de crédito. Y esto de la tarjeta sí que es un problema para los mayores. 
¿DÓNDE ESTÁN LAS MEJORES CUENTAS PARA JUBILADOS?
Están en internet. Son cuentas que se contratan por internet. Openbank o ING Direct son las más recomendables.
Pero no nos vamos a engañar, entre los jubilados son pocos los que usan este medio. A los jubilados les gusta acudir a su oficina, poner al día su cartilla, sacar algo de dinero, hablar con el empleado o el director. Y todo hay que decirlo, no le tienen ningún apego a las tarjetas de crédito.
Nos ponemos en el caso más frecuente: domicilias la pensión de 600 €, no haces transferencias, no utilizas las tarjeta de crédito. Eso sí, domicilias los recibos del agua, de la luz, el teléfono y la contribución. Y quieres tener la oficina del banco en tu pueblo para acercarte a hacer gestiones.
La recomendación:
o Si tienes unos ahorrillos, hasta 10.000 €, y vas a utilizar una tarjeta de crédito, el Santander te da un 3% por esos 10.000 €.
o Si no utilizas tarjeta de crédito, te convienen las cuentas para pensión del Banco Popular y del BBVA.
Una cosa más. Muchos jubilados se acordarán de cuando les regalaban un calendario por Navidad. Bueno, pues ya, ni eso.

Consulta de la semana: DECENAS DE PREGUNTAS DE JUBILADOS SOBRE EL BONO SOCIAL DE LA LUZ  


2ª SITUACIÓN: MUCHOS JUBILADOS ESTÁN INTERESADOS EN RESOLVER SUS DUDAS SOBRE EL BONO SOCIAL DE LA LUZ
Hacía mucho que un tema no suscitaba tantas preguntas. Los jubilados, y sobre todos sus familiares, me vienen preguntando cómo conseguir ese descuento en la factura de la luz. Y para resolver definitivamente sus dudas, vamos a plantearlo como pregunta respuesta, FAQ. Seis preguntas, seis respuestas precisas.
Atención jubilado o jubilada, que es esto te interesa.
SOY JUBILADO, ¿TENGO DERECHO AL DESCUENTO DEL BONO SOCIAL DE LA LUZ?
1. Tienes que cobrar la pensión mínima. Y tu cónyuge, tu marido o tu mujer, también cobrar la pensión mínima o no tener pensión.
· Para comprobar de cuánto es tu pensión, mira el ingreso mensual en tu cartilla del banco.
· Si estás soltero o viudo: P.M. 637 € al mes. (voy a hablar en genérico)
· Si cobráis  marido y mujer: P.M. 605 € al mes.
· Si estáis casados, uno cobra y el otro no: P.M. 786 € al mes.
· Si eres menor de 65 años o procedes de Gran Invalidez, tienes que consultar tus límites.
2. Tienes que tener contratada una tarifa PVPC. Mira tu factura de la luz. En la parte inferior, donde dice “tipo de contrato” tiene que poner PVPC.
· Si no estás en PVPC, puedes cambiar presentando el formulario que puedes descargar en este enlace: www.endesaclientes.com/static/iberia/bono-social-autorizacion-cambio-pvpc.pdf
3. Tienes que tener contratada una potencia inferior a 10 KW. Viene en la primera hoja de la factura de la luz donde dice “Potencia contratada”. Será muy raro que no sea menor que 10 KW.
4. La dirección solicitada tiene que ser la vivienda habitual.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PRESENTAR Y DÓNDE LA CONSIGO?
1. Fotocopia del DNI de los dos cónyuges.
2. Certificado de empadronamiento del pensionista (o de ambos): en el Ayuntamiento.
3. En caso de matrimonio: fotocopia del libro de familia.
4. Certificado de recibir la pensión mínima: en la oficina de la Seguridad Social, y si tienes certificado digital, por internet, en este enlace: www.seg-social.es > Sede Electrónica > Ciudadanos > Informes y Certificados > Solicitud de certificado de prestaciones.
5. Rellenar y firmar la solicitud que puedes encontrar en este último enlace: www.endesaclientes.com/static/iberia/solicitud-bono-social.pdf
¿DÓNDE LA PRESENTO?
· Enviándola escaneada al correo electrónico: bonosocial@endesa.es.
· Enviándola por correo postal al Apartado de Correos nº 1167, 41080 Sevilla.
· Entregándola en la oficina de Úbeda: CLIELSA INDETEC, C/ Ciudad de Linares, 11
¿DÓNDE PUEDO RESOLVER MIS DUDAS?
· Por teléfono: 800 760 333
· Si no eres de Endesa, busca tu contacto en www.cnmc.es/ambitos-de-actuacion/energia/mercado-electrico#listados
¿CUÁNTO ME VAN A REBAJAR?
Un 25% del total de la factura.  Con un límite de consumo de 1.680 KWh al año. El exceso se cobra con la tarifa normal.
YO YA TENÍA EL BONO SOCIAL DE LA LUZ, ¿TENGO QUE HACER ALGO?
IMPORTANTE: tienes que volver a solicitarlo. ¡Ojo!, que te lo quitan si no te mueves. Tienes hasta el 10 de abril del 2018. Si no lo haces pierdes el descuento.

Fe de erratas: en el último programa cometí un error al hablar de los préstamos hipotecarios. Hablaba de los que están referenciados al IPRH, cuando en realidad es al IRPH (índice de referencia de préstamos hipotecarios), el que solían utilizar las cajas de ahorros. Es justo corregirlo.

martes, 12 de diciembre de 2017

Invasión de monedas falsas de 2 €. Préstamo entre particulares. Traspaso exento entre fondos. Sentencias: IRPH legal.

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 12 de diciembre de 2017)

INVASIÓN DE MONEDAS FALSAS DE 2 EUROS


PARECE SER QUE HAY UNA OLEADA DE MONEDAS FALSAS DE 2 EUROS
La Guardia Civil ya ha alertado sobre una estafa que está tomando un volumen importante. Monedas falsas de 2 euros. Y alguno dirá, “para dos euros, no merece la pena liarla tanto”. Con 2 euros sigue siendo una estafa.
Aunque he dicho monedas falsas y no es completamente cierto. Son monedas legales de países de fuera del euro, muy parecidas a los dos euros. Y cuando digo muy parecidas estoy diciendo gemelas, pero con un valor muy inferior. Pero que te dan el pego.
¿Y CUALES SON ESAS MONEDAS?
Están los 5 rand sudafricanos, que son unos 30 céntimos , pero también los 10 pesos uruguayos, que son 20 céntimos, o la lira turca. Ninguna pasa de los 30 céntimos.
Y ya digo que no son parecidos lejanos, son como dos gotas de agua, y tienes que pararte a leerlas para ver la diferencia. Yo el otro día tuve en mis manos, una lira turca, que son 20 céntimos, y si no me acerco y leo que es una lira, no me lo creo.
Por eso, que no te la cuelen. Voy a colgar en mi web fotos de estas monedas para que pueda comprobarse el asombroso parecido. Porque además no son las únicas, también tenemos el lev búlgaro, el dólar jamaicano o el boliviano.
Si no quieres pasar por pardillo, comprueba cada una de las monedas de uno y dos euros que recibas.

Consulta de la semana: PRÉSTAMO FAMILIAR


MI PADRE ME HA PRESTADO DINERO PARA UN COCHE ¿ME PUEDE SUPONER UN PROBLEMA?

No es que te pueda, es que te va a suponer un problema con Hacienda.
Atiende a este consejo que te puede resultar muy útil.
Es muy frecuente que entre las familias se preste dinero: tu padre te presta para hacerte la casa, o para comprarte un coche, tu hermano te presta para salir de un aprieto o para montar un negocio. 
Estos préstamos que a menudo hacemos alegremente, pueden traer consecuencias. La administración, Hacienda, puede detectarlos (y te aseguro que puede) y considerar que es una donación, por la que te va a exigir responsabilidades, o puede que te envíen una paralela por no incluirlo en la declaración de la renta. A Rodrigo Rato no lo cogerán, pero a ti fijo.
Lo legal: declararlo y evitarte problemas. Y es gratis.
No vamos a hablar de las donaciones que es un tema más complejo. Vamos a hablar de los préstamos que devuelves.
PERO ¿CÓMO TE EVITAS ESOS PROBLEMAS?
Es sencillo: formaliza el préstamo en una escritura pública. Te va a ahorrar un montón de problemas. No vas a tener que pagar por el notario y te sale gratis.
Atiende: tú y quien te presta tenéis que firmar un contrato privado y sellarlo en el registro de la propiedad. Aquí tienes un modelo de contrato.
Como el préstamo es entre particulares, está exento del impuesto de transmisiones, pero si es obligatorio presentar la declaración del impuesto, aunque pagues 0€. Es un modelo 600 con la mención “préstamo exento en el ITP artículo 45.1.B 15 del RDL 1/93”. El funcionario nos devuelve selladas las copias y no nos cuesta un duro. Y tenemos la prueba de la existencia del préstamo. Inmunidad ante posibles sanciones.
Si el préstamo es con intereses, y si no hay prueba en contrario Hacienda presume que lo es, el que presta tiene que incluir los intereses, y sólo los intereses, en su declaración de la renta como ingresos del capital mobiliario, sin retención.
Si el préstamo es sin intereses, hay que tener las pruebas.
· Lo más razonable, que el contrato privado especifique cómo se devuelve el dinero, por ejemplo: 5 años y mensualmente 200 €.
· Hazlo con transferencias del banco y guarda todos los recibos. Así tendrás todas las pruebas para certificar con Hacienda.
· Si el préstamo te lo hace un amigo o tu novia: exactamente igual.
· Y cuidado con las donaciones encubiertas.

2ª Consulta de la semana: Traspaso de un fondo a otro

LLEGA FIN DE AÑO Y SON MUCHOS LOS QUE HACEN CAMBIOS EN SUS INVERSIONES Y DUDAN COMO LES VA A AFECTAR
En esta situación se encuentras los que tiene un fondo de inversión o un plan de pensiones. Vas a hacer algún cambio y no sabes si eso te va a perjudicar.
Los fondos de inversión y los planes de pensiones tienen una ventaja que no tienen los depósitos a plazo fijo. Si quieres cambiarlos a otro fondo o a otro plan de pensiones, no tienes que declararlo a Hacienda. No tributa.
Pero ¡ojo!, lo que no tributa es el traspaso, no la venta. Si los vendes tienes que declararlo a Hacienda en la renta del año que viene. Pero si en lugar de vender los traspasas, no tienes que declarar nada. Y los puedes mantener hasta que decidas vender.

LOS TRIBUNALES DECLARAN EL IRPH LEGAL

UNA MALA NOTICIA PARA ALGUNOS HIPOTECADOS, LOS QUE TIENEN SU HIPOTECA CON IRPH EN LUGAR DE EURIBOR NO GANAN EN LOS TRIBUNALES
Sobre préstamos hipotecarios hablamos con frecuencia, porque es uno de los momentos económicos más importantes de nuestra vida. Medio pueblo está con una hipoteca. Yo entre ellos.
Lo más frecuente es que estas hipotecas suban o bajen según el euribor, pero hay muchas, pero muchas, que lo hacen con un índice utilizado sobre todo por las antiguas cajas de ahorro, el IRPH.
Pues como casi todo en banca, ha llegado a los tribunales, donde se pedía la nulidad no por ilegales, sino por falta de transparencia, por no haber informado correctamente a los clientes.
EN CASI TODOS LOS CONFLICTOS ENTRE BANCOS Y CLIENTES SE HA FALLADO A FAVOR DE CLIENTES
Pero la sentencia en este caso es contra los clientes. El índice el legal. Nos guste más o nos guste menos, hay que acatar la sentencia o recurrir. Pero la sentencia la ha dictado el TS, por lo que no cabe recurso.

Consejo: si vas a firmar un préstamo nuevo, no lo firmes con el IRPH de referencia, hazlo con el Euribor que, sin ser una bicoca, es mucho más transparente que el IRPH.

martes, 5 de diciembre de 2017

10 TRUCOS PARA PAGAR MENOS EN LA RENTA 2017. BONO SOCIAL DE LA LUZ PARA JUBILADOS.

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 5 de diciembre de 2017)

10 TRUCOS PARA PAGAR MENOS EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2017
HABLAMOS DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DEL AÑO QUE VIENE EN NAVIDAD. ESTO NO ES CASUALIDAD.
No, no es casualidad. Desde que empezamos este programa, hace 3 años, dedicamos un día de diciembre a la declaración de la renta. Y no es casualidad.
Cuando llegue abril y mayo de 2018 y tengas que rellenar tu declaración de la renta y te des cuenta del palo que te van a pegar, va a ser demasiado tarde para hacer nada, porque la renta se calcula con tus movimientos económicos hasta el 31 de diciembre de 2017. Ahora, antes de final de año, todavía estás a tiempo de tomar alguna medida para mejorar tu factura fiscal. Por poner un ejemplo, vender unas acciones o anticipar una parte de la hipoteca. El 1 de enero ya será tarde. 
Y esto puede ahorrarte cientos o miles de euros.
¿TAN FÁCIL ES AHORRAR EN LA RENTA? 
Unos podrán y otros no. Pero muchos que pueden o no lo saben o van llegar tarde.
Siendo honesto, no soy un entendido en fiscalidad. Contaré algunos trucos, pero lo práctico es acudir a un asesor fiscal en Villacarrillo o en tu pueblo. Te van ahorrar dinero.
CONTAMOS ESOS TRUCOS
Por si hay algún malpensado: son trucos completamente legales, y te los cuento ahora porque estás a tiempo de buscar papeles, contratos o justificantes. 
1. Si vas a vender tu vivienda habitual y estas cerca de los 65 años, espera a cumplirlos. Con 65 está libre de impuestos. Para que consideren que es vivienda habitual debes llevar viviendo en ella al menos los tres últimos años. 
2. Si tienes una hipoteca de antes de 2013 tienes derecho a deducirte el 15% de la hipoteca. Y si lo que pagas por la hipoteca es menos del tope de 9.000 €, te conviene amortizar anticipadamente hasta esos 9.000 €. Si llegas a esa cifra, te deduces 1.350 €. Y te conviene llegar al tope porque visto lo visto, hay incertidumbre sobre si va a seguir vigente esta deducción en años posteriores. 
3. Guarda los justificantes de tus gastos, porque alguno te puede servir para deducir. En cada comunidad autónoma hay unas deducciones que son menos conocidas que las generales y que a lo mejor ni le mentamos a quien nos hace la declaración, en Andalucía te comento algunas, aunque para cada caso hay unas condiciones concretas, por ejemplo, de topes de renta:
a. Por la compra o rehabilitación de la vivienda para menores de 35 años: un 3%.
b. Por alquiler de vivienda habitual para los menores de 35 años: un 15%
c. Por la adopción internacional de hijos en 2016: 600 €
d. Contribuyentes con discapacidad: 100 €
e. Por madres o padre de familia monoparental: 100 €, y si además vive con ellos alguno de los abuelos, mayores de 75 años, 100 € más.
f. Una curiosa y puede que interesante: si tenemos a alguien contratado para la ayuda del hogar: un 15% de sus cotizaciones a la SS.
g. Gastos de defensa jurídica por la relación laboral, un juicio por un despido o similar: hasta 200 €.
h. Hay más, pero sólo he comentado las que me parecen más interesantes. 
4. Si has tenido algún cambio en la familia, como un nuevo hijo, comunícalo a Hacienda, porque te van a bajar las retenciones mensuales. 
5. Esta es muy interesante y nueva: Si haces algún donativo, pide el justificante. A una ONG, a Cáritas, a la Cruz Roja, a Médicos sin Fronteras. Te puedes deducir el 75% hasta los 150 € y del resto, el 30%. 
6. Si tienes alquilado un piso, legalmente se entiende, los gastos de IBI, comunidad, seguros, reparaciones, incluso los intereses de préstamos son deducibles. Antes de fin de año estás a tiempo de tener las justificaciones. 
7. Si estás contratado y tu empresa te lo permite, cambia salario en metálico por otro en especie, porque esas retribuciones pueden estar exentas: comidas para los viajantes, seguros sanitarios. Este es menos frecuente, pero los hay en Villacarrillo y la comarca.
8. Si eres un profesional y pagas a un colegio (farmacéuticos) o has tenido un pleito laboral, se deducen. 
9. Si vas a vender algunos bienes, vende primero los más antiguos y que tengan más ganancias, los comprados antes de 1994. Así aprovechas los coeficientes de abatimiento al máximo. Tu asesor te puede dar toda la información. 
10. Si has vendido algo con pérdidas, unas acciones, un fondo, un seguro de ahorro o hasta unas olivas. Procura vender antes de final de año otro producto con ganancias, porque esas ganancias se pueden compensar con las pérdidas y no pagar ni un euro a Hacienda. Si no puedes vender nada con ganancias, siempre tienes la posibilidad de compensar esas plusvalías en los años siguientes, también, como siempre, con unas condiciones.

Consulta: BONO SOCIAL DE LA LUZ PARA JUBILADOS

ESTA SEMANA TRAES UNA CONSULTA DE UN JUBILADO QUE TE PREGUNTA SI TIENE DERECHO AL BONO SOCIAL DE LA LUZ
Hace un mes ya hablamos del Bono Social de la luz. Es un descuento de entre el 25% y el 50% en la factura de la luz.
Y no una, sino varias personas me han preguntado si tienen derecho y cómo se hace. Entre ellos el jubilado al que haces mención. Vamos a aclararlo.
A las familias con ingresos muy bajos o inexistentes, que entran en las categorías de vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión, yo les recomiendo que acudan a los servicios sociales. Son profesionales que les van a orientar con precisión y les van a ayudar.
Pero hay gente que no son usuarios de los servicios sociales y que están en dos colectivos que pueden beneficiarse de un descuento del 25%: las familias numerosas, sean cuales sean sus ingresos, y los jubilados con pensión mínima, que es la pensión usual en esta comarca.
Familias numerosas menos, pero jubilados hay muchos, pero muchos. Y hoy nos nos escuchan y no saben que pueden ahorrarse un dinerillo en la factura de la luz, que les va a venir muy bien.
Condiciones que tiene que cumplir: aparte de ser familia numerosa o jubilado con pensión mínima:
1. Tener contratada una tarifa PVPC. ¿Cómo me entero? Mirando una factura. En la parte inferior de la factura en tipo de contrato tiene que poner PVPC.
2. Tener contratada una potencia inferior a 10 KW. Y este dato también viene en la primer hoja de la factura. Donde dice Potencia contratada. Y va a ser muy raro que no sea menor que 10 KW.
3. Que sea la vivienda habitual.
Y todo hay que decirlo, hay un límite de consumo sobre el que se aplica el 25% de descuento: en familias numerosas 3.600 kW/año y en pensionistas 1.680 KW/años. No es para tirar cohetes.
Por último dónde lo solicito y qué necesito:
o Si vives en esta comarca, dirígete a Endesa. Te dejo la página web del bono social y el teléfono: www.endesaclientes.com/bono-social. Tfno. 800 760 333. 
o La documentación te la van a detallar ellos.