miércoles, 22 de febrero de 2023

MEJORES CUENTAS EN LOS BANCOS DE TU PUEBLO

 (Contenido del programa en DIEZTV, del 21 de febrero de 2023) 

MEJORES CUENTAS EN LOS BANCOS DE TU PUEBLO


ATENCIÓN, SOBRE TODO A LOS JUBILADOS, Y A LOS QUE TIENEN POCAS HABILIDADES CON LOS ORDENADORES, QUE TIENEN COMPLICADO ACCEDER A LAS MEJORES CUENTAS BANCARIAS. AQUÍ VAN UNAS ALTERNATIVAS

Hace tiempo que las cuentas corrientes con mejores condiciones son por internet. Pero hay que operar con el banco a distancia y puede que sin una persona que te atienda. En internet hay cuentas sin requisitos que te ofrecen gratis mantenimiento, transferencias, pago con tarjetas, disposición en cajeros, recibos domiciliados…. Pero, en mi opinión, desde hace un tiempo los bancos han emprendido una deriva peligrosa al obligar a los clientes a realizar muchos trámites por internet. Eso, sobre todo, afecta a personas mayores, que ven como en las oficinas de su pueblo cada vez tienen más limitaciones y problemas. Se les cobra por algunos trámites o directamente no se pueden hacer en la oficina. Y las cuentas que puedes abrir en esas oficinas tienen, además de comisiones, o gastos, o pocas ventajas y servicios. Todo hay que decirlo, en 2022 lo bancos firmaron un protocolo para garantizar la inclusión financiera y la atención personalizada de los mayores, para mejorar la atención en las oficinas. Ampliando el horario de servicio en ventanilla, y dando prioridad a las personas mayores en casos de alta afluencia de público en oficinas. Según la patronal bancaria, se ha duplicado el número de oficinas que ofrecen el servicio de caja ampliado, Un paso en la buena dirección que reconduce parcialmente la dirección equivocada que había tomado la banca con este colectivo.

ENTONCES, ¿QUÉ ALTERNATIVAS TIENEN ESTAS PERSONAS, O LAS QUE NO QUIEREN HABLAR POR TELÉFONO CON UNA MÁQUINA?

Sinceramente, no son muchas, porque todos los bancos con oficinas cobran comisiones. Pero, algunos cobran menos o directamente no te cobran si cumples algunas condiciones. Y eso es lo que vamos a ver, las cuentas que ofrecen los bancos con oficinas en nuestra provincia y nuestros pueblos, las comisiones que te cobran por tener una cuenta y las condiciones que tienes que cumplir para que no te cobren.

· Banco Santander: CUENTA SANTANDER. 240€ de comisiones al año, que no te cobran si domicilias una pensión de más de 300€ y realizas 3 pagos trimestrales con la tarjeta.

· Bankinter. CUENTA CORRIENTE. 45€ de comisiones al año, que no te cobran si domicilias una pensión de más de 800€ y realizas 3 pagos trimestrales con la tarjeta.

· Unicaja. CUENTA CORRIENTE. 240€ de comisiones al año, que no te cobran si domicilias una pensión de más de 600€, o realizas pagos anuales con tarjeta o 2 operaciones mensuales y un requisito de inversión.

· Caixabank. CUENTA CAIXABANK. 240€ de comisiones al año, que no te cobran si domicilias una pensión de más de 300€ y realizas 3 pagos trimestrales con la tarjeta.

Y una última que resulta muy interesante.

· BBVA. CUENTA VA CONTIGO SENIOR. Ojo ésta y no otra, VA CONTIGO SENIOR. 160€ de comisiones al año, que no te cobran si domicilias una pensión de más de 300€. Y ya está.

Mi recomendación, si te manejas en internet, vas a encontrar las mejores cuentas. En caso contrario, valora las condiciones de las oficinas que te que queden a mano. Distancia de tu domicilio al banco y a los cajeros de los que puedes sacar dinero, y las condiciones en que puedes encontrar una cuenta, con los datos que acabo de proporcionarte.

Para acabar, puedes exigir por ley, en cualquier banco, una Cuenta de Pago Básica para operaciones comunes. Que es gratuita para personas en situación especial de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera. Eso sí,  el titular no puede tener otra cuenta en ningún banco.

miércoles, 15 de febrero de 2023

CHEQUE DE 200 €, QUIÉN, CÓMO Y CUÁNDO PUEDE COBRARSE

     (Contenido del programa en DIEZTV, del 14 de febrero de 2023) 

CHEQUE DE 200 €, QUIÉN, CÓMO Y CUÁNDO PUEDE COBRARSE

ATENCIÓN, PORQUE SE TRATA DE UN CHEQUE DE 200€ PARA PERSONAS Y FAMILIAS VULNERABLES.

En diciembre pasado, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciaba un  decreto anticrisis para paliar la notable subida de precios que se ha producido en nuestro país.

Las causas de esa subida son conocidas. Desde la guerra de  Ucrania hasta la crisis energética. Todos hemos sufrido un encarecimiento de la vida que a muchas familias humildes las ha puesto contra las cuerdas.

Entre esas medidas para hacer frente a esta situación, se encuentra la rebaja del IVA en alimentos de primera necesidad y, y aquí vamos a centrarnos, un cheque de 200 euros para las familias vulnerables.

Tantas dudas ha suscitado la aplicación y la solicitud de este cheque, que el Ministerio de Hacienda ha publicado en su página web las respuestas a algunas de las más frecuentes.

Este cheque se está explicando en todos sitios, pero en este programa, que se dedica a las finanzas, no podemos dejar de intentar aclarar qué, quién cuándo y cómo se pueden cobrar esos 200€.

LA PRIMERA PREGUNTA Y PRINCIPAL, ¿ESTO, PARA QUIÉN ES?

Literalmente del decreto: "Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo".

Se nos viene a la cabeza preguntar quién puede pedir esos 200 euros.

Respuesta de la Agencia Tributaria, requisitos:

o Que la persona en cuestión haya tenido residencia habitual en España a lo largo de 2022. Eso, según la ley, significa haber residido en territorio español, al menos 183 días.

o Que hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o de la mutualidad.

o O que hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.

o Que no superen los 27.000 euros íntegros de rentas. Pero, cuidado, son 27.000€ brutos, sin descontar gastos ni retenciones.

o Que no supere los 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual). Y para los que no tengan esto claro, consiste en sumar las rentas y el patrimonio del beneficiario y su cónyuge, o pareja de hecho, de los hijos menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros y los ascendientes que convivan hasta segundo grado por línea directa.

¿Y QUIÉN SE QUEDA FUERA?

No la pueden solicitar quienes recibieron el Ingreso Mínimo Vital a 31 de diciembre de 2022.

Tampoco quienes recibieran una pensión.

Tampoco quienes convivieran en 2022 con un familiar administrador de una sociedad mercantil

Y, AHORA, ¿CÓMO SE SOLICITA LA AYUDA?

Como apuntan desde el Ministerio de Hacienda, la ayuda puede solicitarse desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023. La Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene habilitado un formulario electrónico que hay  que cumplimentar. No tiene pérdida, está en la página principal de la Agencia Tributaria. Y, aviso, es necesario disponer de Cl@ve, de certificado electrónico o DNI-e. Aunque, si no tienes ninguno de ellos, también lo puede presentar otra persona por apoderamiento o colaboración social.

Y, una buena noticia, no es necesario presentar ningún papel, ya que la Agencia Tributaria se encargar de cruzar datos con otras administraciones.

UNOS ÚLTIMOS DATOS

Para la solicitud se debe indicar el NIF del solicitante y el resto de personas que convivan en el mismo domicilio, y una cuenta bancaria en la que se realizará el abono de la ayuda.

Y, si es aprobada, la persona recibirá dicha ayuda en la cuenta bancaria como muy tarde el 30 de junio de 2023.

200€ evidentemente no es mucho dinero, pero para quienes lo están pasando pero es una pequeña ayuda. Y se calcula que lo pueden recibir más de 4 millones de hogares.

miércoles, 1 de febrero de 2023

MEDIDAS PARA ALIVIAR LAS HIPOTECAS

    (Contenido del programa en DIEZTV, del 31 de enero de 2023) 

MEDIDAS PARA ALIVIAR LAS HIPOTECAS

CON EL AUMENTO DEL EURIBOR, A MUCHOS LAS HIPOTECAS SE LES ESTÁN ATRAGANTANDO

Al subir el Euribor, las hipotecas a tipo variable se han disparado y las cuotas has sufrido un aumento que muchas familias les cuesta afrontar. Por esa razón, el gobierno ha aprobado medidas especiales para ayudar a los clientes en situación de vulnerabilidad, a las que se han acogido muchos bancos, y que están contempladas en un decreto ley de mes de noviembre, que ahora entran en vigor. Tú ya, conociendo en que consiste,, valora si puedes acogerte

PARA EMPEZAR, ¿EN QUÉ CONSISTE?

Establece unas medidas para aliviar la subida de los tipos de interés en hipotecas sobre vivienda habitual.

¿QUÉ MEDIDAS SE APLICAN?

1. Una ampliación de plazo total de tu préstamo hasta un máximo de 7 años, con opción de fijar tu cuota en su importe a día 1 de junio de 2022 por un periodo de 12 meses desde que se realice la novación. La ampliación del plazo no puede suponer una reducción del importe de tu cuota por debajo de la que estuvieras pagando a fecha 1 de junio de 2022, ni superar el plazo total de 40 años considerándose la fecha de constitución de tu préstamo.

2. Cambiar tu hipoteca de tipo variable revisable periódicamente a una de tipo fijo durante el resto de tu préstamo.

ESTO NO ES PARA TODO EL MUNDO, ¿QUÉ REQUISITOS TENGO QUE CUMPLIR?

1. Tienes que ser titular de una hipoteca sobre tu vivienda habitual, cuyo precio de compra no era superior a 300.000 € para hipotecas firmadas hasta el 31/12/2022.

2. Tu unidad familiar 2 debe cumplir los siguientes requisitos:

Los ingresos anuales de tu unidad familiar,  Deben ser menores o iguales que 3,5 veces el IPREM anual de 14 pagas, redondeando, unos 30.000€ al año. Con algunas situaciones determinadas:

o Que aumenta hasta los 37.000€ si algún miembro de tu unidad familiar tiene alguna discapacidad mayor del 33 %, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para trabajar.

En los últimos cuatro años, la carga hipotecaria de tu renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,2 o tu unidad familiar ha sufrido una situación de especial vulnerabilidad.

o Tu cuota hipotecaria sea superior al 30 % de los ingresos netos de tu unidad familiar.

DUDAS FRECUENTES

¿Hasta cuándo puedo solicitar las medidas y cuál es el plazo de tramitación?

o Desde el pasado 19 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.

o Una vez se compruebe que cumples los requisitos para acogerte a este Código de Buenas Prácticas, se dispondrá de un plazo de 15 días para firmar el acuerdo con la medida elegida que se aplicará en tu hipoteca.

¿Dónde habrá que hacer los trámites?

o Será necesario que acudas a la notaría para firmar las modificaciones elegidas mediante escritura pública.

¿Qué documentación tengo que presentar para acogerme?

o Te van a pedir declaraciones de la renta de los últimos años.

o Últimas nóminas percibidas.

o Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo.

o Certificado de tus salarios sociales, como rentas mínimas de inserción.

o Si eres trabajador por cuenta propia, si estuvieras percibiendo la prestación por cese de actividad, el certificado con la cuantía mensual percibida.

o Libro de familia.

o Los certificados de empadronamiento de la unidad familiar.

o Escrituras de compraventa de tu vivienda y de la hipoteca.

Resumiendo una cantidad de papeles que te van a tener entretenido. Y para estar bien informado, acude a informarte al banco donde tienes la hipoteca a tu gestoría habitual.

Una aclaración importante, puede que alguien piense que te van a perdonar un parte de la hipoteca, no. Se trata de adaptar la forma de pago y limitar los intereses.