viernes, 27 de octubre de 2017

Hipotecas multidivisa, otra ilegalidad. Acceso a los activos financieros de un fallecido. Billetes de 0 €.

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 31 de octubre de 2017)

MÁS PROBLEMAS CON LAS HIPOTECAS: AHORA LA MULTIDIVISA

ENÉSIMO PROBLEMA DE LOS CONSUMIDORES CON LOS BANCOS POR LAS HIPOTECAS. LE TOCA A LAS HIPOTECAS MULTIDIVISA
Ya he perdido la cuenta de los conflictos con los bancos por los préstamos. Y que conste que yo soy un firme defensor del sistema bancario. Nos da estabilidad, libertad, financiación, y es un medio tremendamente práctico, rápido y seguro para manejar nuestro dinero. Defensor del sistema bancario, pero no de sus abusos.
Ahora se trata de las hipotecas multidivisa. Por orientar al oyente, es una hipoteca, un préstamo para la vivienda que no va en euros, sino en otra moneda, que esté más débil para pagar intereses más bajos. La mayoría fueron en yenes japoneses o en francos suizos.
Parece una buena idea. El problema, según la Asociación de Usuario Financieros, es que no se advirtió a los clientes que si el euro se depreciaba, y empezó a hacerlo con fuerza en 2008, la deuda era cada vez mayor, y algunos se encontraron que llevaban varios años pagando la hipoteca y debían más que al principio. Otra vez falta de información y de transparencia.
PERO NO DEBE HABER MUCHOS CLIENTES EN ESTA SITUACIÓN
Pues no, no tiene las dimensiones de las clausulas suelo, pero en Villacarrillo, y toda la comarca, puede haber una suma de entre 10 y 15 millones de euros. Calcula que entre 100 y 200 familias.
Además con una curiosidad, la mitad de los afectados son policías, guardias civiles, militares y bomberos. Porque con un sueldo fijo, los bancos consideraban que eran unos buenos pagadores. En estos colectivos funciona mucho el boca a boca. Además se insinuaba que esta oferta era especial “solo para ellos”.
Resulta que el 20 de septiembre el TSJE dictaminó que a estas hipotecas hay que aplicarles el mismo criterio que las clausulas suelo. No es que sean ilegales, es que hay que estudiar si el banco cumplió con la obligación de informar al cliente. Ahora se está a la espera de una sentencia del Tribunal Supremo.
Y hay un caso de un tribunal que me ha resultado dramático:
o Una pareja canaria pide un préstamo de 120.000 € en 2008. El banco les vendió esta hipoteca en yenes japoneses sin informales de los riesgos.
o En el 2015 llevaban pagados 35.000 €, pero se llevan la sorpresa de que le deben al banco 125.000 €. 5.000 € más de lo que les habían prestado.
o Afortunadamente el juez falló contra el banco, que era Bankinter.
Según AsUFin, si hasta ahora los jueces fallaban a favor de los clientes en un 60% de los casos, la sentencia del TSJE va a disparar el porcentaje.
Si alguien que nos escuche está en esta situación y quiere información, dejo, la página web de esta asociación y su teléfono.
·        www.asufin.com, teléfono 915 327 583.

CONSULTA: CÓMO CONOCER DÓNDE ESTÁ EL DINERO DE UN FALLECIDO

HA FALLECIDO UN FAMILIAR, ¿HAY ALGÚN REGISTRO PARA CONOCER, LAS CUENTAS,  LAS ACCIONES Y LOS FONDOS DE INVERSIÓN QUE TENÍA?
Hablamos la semana pasada de los trámites para desbloquear la cuenta corriente de un fallecido. Y al hilo de este asunto me ha llegado otra consulta interesante: Si soy un familiar o heredero de un fallecido ¿cómo sé dónde tenía el dinero, si tenía acciones, fondos de inversión, u otros bienes?
En primer lugar, y como es evidente, hay que buscar entre los papeles del fallecido: cartas, declaraciones de la renta, contratos bancarios. Pero puede ocurrir, que no exista esa información o que no se tenga acceso a ella.
No hay forma ninguna forma directa ni centralizada de acceder a esa información. A excepción de los seguros de vida.
PERO, HABRÁ ALGUNA OPCIÓN
Alguna. Acudir a las entidades financieras con las que el fallecido tuviera relación y solicitar esa información, demostrando que se tiene derecho.
Siempre nos quedará la duda de si tenía relación con otros bancos que no conocemos, por ejemplo, por internet.
La única solución es preguntar uno por uno o esperar a que lleguen a casa del fallecido las comunicaciones anuales o semestrales sobre saldo y movimientos, la información para la renta o cualquier otra. Y también como hemos, dicho consultar sus declaraciones de renta anteriores, donde deben estar los pagos de intereses de cuentas y dividendos de acciones. Pero aquí se nos van a escapar planes de pensiones o fondos de inversión.
Pero repito, no hay ningún registro para acceder a su información financiera.
En cuanto a los seguros de vida, puedes solicitar la información al Registro de Contratos de Seguros del Ministerio de Justicia.
Con un modelo 790 + el certificado de defunción
Otra cuestión son los bienes rústicos o urbanos. Vamos, olivas o pisos.
Y ante este panorama, hay una recomendación evidente. Es en vida cuando tenemos que ordenar nuestras cuentas y tener al corriente a nuestros herederos. Seguro que no te hace mucha gracia que después de toda una vida trabajando, cuando fallezcas, nadie sepa dónde está tu dinero y en lugar de ir a tus hijos, sea el Estado el que se quede con él.
De cualquier forma, es recomendable acudir a una gestoría o a un abogado, que están muy puestos en estos trámites.

Curiosidad de la semana: El Banco Central Europeo permite a Alemania emitir billetes de cero euros

No me lo estoy inventando, el Banco Central Europeo ha autorizado en Alemania  poner en circulación billetes de 0 €.
Evidentemente no tienen valor adquisitivo, no puedes comprar nada con un billete de 0 €, ni hacer ningún tipo de transacción.  Además se venden por 2,5 €.
El billete está impreso en papel moneda y cuenta con los elementos de seguridad de los que dispone cualquier otro billete de euro: sello holográfico, relieves, hilos de seguridad, marcas de agua... A pesar de esto, carecerá de cualquier tipo de valor más allá del simbólico.
Y ENTONCES, ¿QUÉ SENTIDO TIENEN, SI ADEMÁS TE CUESTAN DINERO?
Está pensado, ni más ni menos, para coleccionistas y turistas que pasen por el estado alemán de Schleswig-Holstein, al norte del país, que es donde están circulando.
En una de sus caras aparece el buque alemán Gorch Fock II, situado en Kiel, capital de estado, mientras que en la contraria se ve un collage con algunos de los principales monumentos europeos: la Sagrada Familia, el Coliseo romano, la Torre Eifel, la Puerta de Brandemburgo...
Para que fuera un billete real, pero sin valor, Alemania elaboró un proyecto de ley, llamado Der Null-Euro-Schein richte (Proyecto de euro cero), que fue aprobado por el BCE.
¿Y QUIÉN VA A COMPRAR UN BILLETE DE 0 € A 2,5 €?
Pues mira tú que se ha agotado la primera tanda. Sólo se imprimieron 5.000 de estos billetes de cero euros, y, han levantado la expectación de los apasionados de la numismática, acabaron en menos de 24 horas. Ya se trabaja en una segunda edición, y los interesados pueden reservar el suyo.
Durante mucho tiempo el billete de cero euros fue considerado un mito. Y este raro ejemplar, que es genuino, tiene una gran demanda entre los coleccionistas. Fíjate, que se han visto desbordados por las peticiones de compra del billete.

Vivir para ver. Un billete de 0 €.

martes, 24 de octubre de 2017

13 reglas de oro para invertir tus ahorros. Cuenta bloqueada por fallecimiento. El banco te paga por tu préstamo

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 24 de octubre de 2017)

13 REGLAS DE ORO PARA INVERTIR TUS AHORROS
HABLAMOS DE UNAS SENCILLAS REGLAS ANTES DE INVERTIR TU DINERO
Hoy, esta parte del programa responde de lleno a su objetivo de proporcionar una culturilla financiera de utilidad.
Todos sabemos que hoy en día si tenemos unos ahorros, lo que nos da el banco por el plazo fijo es casi nada. Y muchos tiene la tentación de invertir en otros productos que les recomienda el director del banco o un anuncio de la tele o su cuñado: en acciones, divisas, fondos de inversión, o en bitcoin (una moneda virtual).
A ti, que no tienes idea de este mundo financiero, te asalta la duda de si fiarte o estarte quieto. Para eso te damos estos consejos de las autoridades y expertos  financieros, que son de sentido común. Pero ya sabemos que el sentido común es el menos común de los sentidos:

1º. Si no lo entiendes, no te metas.
2º. Busca asesoramiento, por ejemplo tu gestor o un entendido de tu confianza.
3º. Destina a la inversión con riesgo sólo la parte excedente de tus ingresos, no arriesgues el dinero para gastos comunes.
4º. Si tienes deudas por las que estás pagando intereses, elimínalas primero antes de buscar rentabilidad en otra parte.
5º. Determina cuál es tu objetivo al invertir: que tengas claro que rentabilidad esperas, que riesgo estás dispuesto  a asumir (bajo, medio, alto) y en qué plazo.
6º. No tengas prisa, tómate tu tiempo y sobre todo compara.
7º. Diversifica, no pongas todos los huevos en la misma cesta.
8º. Mantén una mezcla de inversiones a distintos plazos, por lo que puedas necesitar.
9º. No te dejes llevar por la rentabilidades altas. Siempre llevan mucho más riesgo y las posibilidades de pérdidas elevadas son proporcionales.
10º. Cuando contrates un producto, mira bien las comisiones y las tarifas. Nos solemos fijar en el rótulo grande de la rentabilidad y no nos fijamos en los gastos.
11º. Si alguien te tienta con productos que han tenido altas rentabilidad históricas, no te encandiles. Los éxitos de ayer no son garantía de rentabilidad futura.
12º. Si alguien te ofrece una rentabilidad “demasiado buena para ser verdad”, es que no es verdad. Los chollos financieros no existen. Diversifica en productos, en mercados (nacional, extranjero).
13º. En las inversiones financieras hay dos grandes enemigos: el miedo y la avaricia. El miedo (que no hablo de prudencia) te lleva a tomar decisiones en el peor momento y la avaricia que te hace tomar decisiones sin meditarlas. Huye de los dos.

CONSULTA: CUENTA BLOQUEADA POR FALLECIMIENTO

UNA INTERESANTE CONSULTA: EL BANCO BLOQUEA LA CUENTA DE UN FALLECIDO ¿QUÉ HACER?
Parece inapropiado pensar en dinero cuando ha muerto un familiar. Pero es necesario, más tarde o más temprano, gestionar esas cuentas. Cuando el banco tiene conocimiento del fallecimiento bloquea las cuentas.
Aquí hay dos situaciones muy frecuentes:
o Que la cuenta tenga una persona autorizada a operar con la misma. En este caso el fallecimiento anula cualquier autorización, incluso cualquier poder notarial. La cuenta se bloquea y los derechos pasan a los herederos.
o Que la cuenta tenga un 2º titular. En este caso el 50% queda bloqueado y pasa a los herederos, el 2º titular puede disponer libremente del otro 50%.
Lo más cómodo es que a día del fallecimiento la cuenta disponga sólo de saldo para los gastos corrientes y recibos. Previsión que puede haber tenido en viva el titular. Entre la fecha del fallecimiento y su conocimiento por el banco pasa un tiempo, en el que las personas autorizadas o 2º titulares pueden disponer de todo el dinero.
o En este caso cuidado si vas a sacar dinero. Si no están de acuerdo todos los herederos, te expones a una denuncia.
o Además de que si es una cantidad significativa, te obliga a pagar los correspondientes impuestos.
CUANDO EL BANCO YA HA BLOQUEADO LA CUENTA ¿QUÉ HAY QUE HACER?
Primero obtener información sobre la cuenta: saldo y movimientos.
o Esto se puede hacer justificando que eres uno de los herederos.
o Tienes que aportar al banco el certificado de defunción, el registro de actos de última voluntad y una copia autorizada del último testamento. Y si no lo hay, el Auto de declaración judicial de herederos abintestato.
Si el saldo de cuenta es bajo, mejor dejarlo por el papeleo que se necesita, en caso contrario tienes que demostrar que tienes derecho a esos bienes.
o La documentación de la partición, en documento notarial o en documento privado, pero siempre firmado por todos los herederos.
o Si la herencia no se ha dividido también es necesaria la firma de todos los herederos para disponer del dinero.
o Con una excepción, para cargar los gastos del fallecimiento.
o Además hay que acreditar el pago del impuesto de sucesiones y donaciones.
Aquí se producen todo tipo de situaciones. Las más frecuentes las discrepancias entre los herederos que pueden bloquear por mucho tiempo la disponibilidad.

Curiosidad de la semana: EL BANCO TE PAGA POR DARTE UN PRÉSTAMO

No es una broma, es cierto. Pero, por ahora, afecta a muy pocos clientes.
Como sabes hay préstamos a interés variable en donde tú le devuelves al banco lo que te ha prestado más unos intereses, que suben o bajan según como esté el Euribor. Por ejemplo, yo tengo un préstamo al €+2%, y si el Euribor está al 0,5%, le pago un 2,5% de intereses.
Resulta que en la época del boom inmobiliario los bancos daban préstamos como rosquillas y a intereses muy bajos. En concreto el Deutsche Bank fue el que dio las mejores condiciones,  préstamos al €+0,17%. Ya hemos comentado varias veces que el Euribor está en cifras negativas, y este mes puede bajar al -0,18%. Si el mes acaba así. Haciendo cuentas, resulta que ese préstamo del DB tiene unos intereses del -0,01%, a favor del cliente. El banco le tiene que pagar al cliente por haberle hecho un préstamo. Será muy poco, pero así es. 
¿Y COMO SE COME ESO?
En esa situación tú le devuelves al banco el capital que te ha prestado, pero en lugar de pagarle intereses, es el banco el que te los paga a ti. Eso sí, casi nada. Y además en lugar de darte dinero lo que hace es bajarte la cantidad que les debes.
ME EXTRAÑA QUE LOS BANCOS ACEPTEN ESTO DE BUENA GANA
La AEB está argumentado que esto es un contrasentido legal y financiero,  y que van a pelear para que no se produzca. Y te lo adelanto, después del mejor préstamo que hemos mencionado del DB al €+0,17%, viene Bankia al €+0,18%. Y estos sí que tienen una cartera de préstamos importante. 

martes, 17 de octubre de 2017

¿Corre riesgo mi dinero en bancos catalanes? Curiosidades sobre los números del DNI

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 27 de junio de 2017)

CONSULTAS: RIESGOS DE UNA CUENTA EN BANCOS CATALANES


ESTOS DÍAS ME LO HABRÁN PREGUNTADO MUCHAS VECES, PERO SI TENGO MI DINERO EN UN BANCO CATALÁN, ¿CORRE RIESGO? ¿QUÉ HAGO?
No me lo han preguntado una vez, me lo han preguntado cien veces. Y no se puede negar que es de lógica preocuparse por la situación.
Lo que se pregunta la gente es ¿qué hago con mi dinero ante la crisis catalana?
Si hay DUI (declaración unilateral de independencia), no tendrá ningún efecto, no habrá reconocimiento internacional y se activará el artículo 155. El dinero estará seguro, incluso en los bancos catalanes, que por cierto ya han cambiado su sede social en un gesto muy simbólico. Estos bancos siguen estando supervisados por el BCE y protegidos por el FGD.
Si Cataluña se independizara de verdad, posibilidad absolutamente remota, si que existiría riesgo. La película sería esta: Salida de Cataluña del euro, redenominación de los depósitos que hay dentro esta comunidad en una nueva divisa y un corralito, o sea, una congelación de cuentas con la imposibilidad de sacar los ahorros del banco. Eso sólo sucedería en Cataluña. Además esa redenominación no iba a depender de si los bancos son catalanes o españoles, sino de si las cuentas está abiertas en Cataluña. O sea pasaría a quien tuviese dinero en la Caixa, por ejemplo en Barcelona, pero también a los que lo tuviesen en el BBVA en la misma Barcelona. De ahí que en los bancos limítrofes de Cataluña haya enormes colas para abrir cuentas y trasladar capitales. Incluso la misma Caixa o el Sabadell están ofreciendo esta posibilidad para tranquilizar a sus clientes.
PERO SI NO PASA NADA, ¿PORQUÉ TANTA GENTE Y EMPRESAS SACAN EL DINERO?
Por dos razones: el miedo y la desafección a Cataluña. Razones irracionales. El miedo es libre y peligroso. El miedo es lo que hizo caer al banco Popular, que no sucumbió por su nefasta gestión, que fue desastrosa, sino porque los clientes sacaron masivamente su dinero.
ENTONCES EL DINERO QUE TIENE LA GENTE EN CUENTAS DE LA CAIXA EN VILLACARRILLO ¿CORRE RIESGO?
Ninguno. Ni en la Caixa ni en ningún otro banco, si las cuentas están abiertas en oficinas fuera de Cataluña.
Además, los grandes bancos ya han traslado su sede social fuera de Cataluña para evitar que se generalice ese miedo. Y creo que lo han conseguido.
Peeeeero.
Otra cosa es si eres accionista de estos bancos catalanes o de empresas catalanas, vamos si tienes acciones en bolsa. Si es así, tómate una tila porque las oscilaciones que pueden sufrir te van a afectar al corazón, variaciones no necesariamente a la baja. En bolsa es tiempo de ser prudente y mantenerse al margen.
DE VILLACARRILLO HAY MUCHOS EMIGRANTES EN CATALUÑA QUE SIGUEN TRABAJANDO ALLÍ O ESTÁN JUBILADOS ¿ALGÚN CONSEJO?
Si me permites, una disculpa a los oyentes. Con frecuencia me dirijo a los villacarrillenses, cuando el ámbito de esta emisora es bastante mayor. Que me disculpen los paisanos del resto de la provincia. Y que se den por aludidos, que a mi edad los defectos son difíciles de corregir.
Retomando el hilo de los emigrantes en Cataluña. No sólo los que siguen allí, sino un buen número de personas que ha vuelto de Cataluña a su pueblo, y que ahora residen en Villacarrillo pero que siguen teniendo su dinero en cuentas abiertas en Cataluña.
Es absolutamente improbable una independencia real de Cataluña. Pero si alguien piensa que eso puede ocurrir, si tiene dinero en alguna oficina de Cataluña y quiere quedar fuera de todo riesgo, debe trasladar su dinero a una oficina fuera de Cataluña, sea en el banco que sea.
Aunque ni siquiera en el caso de una independencia real perdería el dinero, como ya he dicho el riesgo es que durante un tiempo no pudiese disponer del dinero, y además no estaría cubierto por el FGD. Y por supuesto de que sería segura una devaluación de la moneda local. O sea, menor poder adquisitivo.
Y por último un consejo. Tengas el dinero donde lo tengas, asegúrate de que no tienes más de 100.000 por titular, que es lo que cubre el FGD en caso de insolvencia del banco. Si tienes una cantidad mayor repártela.

Curiosidad de la semana: los números y letra del DNI

No es un tema financiero, pero si es claramente de números y muy curioso. Como sabes soy licenciado en Matemáticas y esto de los números es lo mío. Y vamos a ver unas curiosidades sobre los números del DNI.
Primero una breve historia:
o El DNI se empezó a usar en 1944, aunque en colectivos restringidos.
o ¿A que no sabes para quien fue el nº 1?: Francisco Franco
o ¿Y el nº 2?: para su esposa
o ¿Y el nº 3?: para su hija
o Además Franco se reservó los 100 primeros.
o Hasta el nº 10 quedaron libres, pero el nº 10 fue para el rey Juan Carlos, el 11 para la doña Sofía, y el resto para la familia real.
o Pero el nº 13 no fue para nadie, por superstición.
SE HA LLEGADO A DECIR QUE EL NÚMERO QUE APARECE EN EL REVERSO SON LAS PERSONAS QUE SE LLAMAN COMO TÚ
Falso, esos números son para ser leídos por una máquina.
DICEN QUE QUIEN TIENE UN NÚMERO BAJO ES QUE LO HA HEREDADO DE UNA PERSONA MUERTA
Falso. Los números de personas fallecidas no se vuelven a asignar.
Un dato: El ordenador que tiene toda la información sobre todos los DNI de España  es de la Dirección General de Policía, está en El Escorial y se llama “Clara”
Una cosa más: el DNI 3.0, por venir, incluirá el DNI, el carnet de conducir y la tarjeta de la SS.
¿CUANTOS NÚMEROS HAY Y CUANTOS QUEDAN?
El número del DNI tiene 9 cifras, o sea, que da para 100 millones de DNI. Hasta ahora se ha expedido unos 70 millones de DNI, y quedan 30 millones por repartir. Ahora, cada año los nacimientos en España no llega a medio millón, por lo que hay números del DNI para otros 60 años. Después habrá que buscar otro sistema, como el que se buscó para las matrículas de los coches, pero me temo que nosotros no lo vamos a ver.
Para finalizar, algunos datos interesantes
· Cada año se expiden 6 millones de DNI, 500.000 nuevos y 5,5 millones de renovaciones.
· Es obligatorio a partir de los 14 años, pero puede obtenerse desde los 3 meses. Aunque si viajas en avión, te lo van a pedir, tengas la edad que tengas.
· Para los menores de 5 años la validez es de 2 años, entre 5 y 30 años, la validez es de 5 años, entre 30 y 70 se renueva cada 10 años, y a partir de los 70 años es permanente.
· Y para acabar, la letra que lleva el DNI no está puesta al azar, es el resultado de una operación matemática: es el resultado de dividir el nº por 23 y contrastar el resto de la división con una tabla. Se usa para detectar errores y para comprobar que el nº es correcto.

martes, 10 de octubre de 2017

Compensación a los accionistas del Popular. Mejores depósitos a 1 año.

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 10 de octubre de 2017)


BONOS FIDELIZACIÓN DEL SANTANDER A LOS AFECTADOS DEL POPULAR


COMPENSACIÓN A LOS ACCIONISTAS AFECTADOS POR LA CAÍDA DEL POPULAR
La historia es de sobra conocida, antes del verano, el Banco Popular se fue a pique y fue comprado por el Santander, por 1 €. Accionistas y bonistas del Popular se quedaron sin nada. Salvo el derecho al pataleo y a acudir a los tribunales.
Ahora el banco Santander les hace una oferta económica a algunos de estos afectados que perdieron sus acciones y sus bonos. Y remarco el dato, oferta sólo para algunos de los afectados.
Aquí en Villacarrillo y en la comarca hay cientos de clientes del Popular que se quedaron sin sus acciones o sus bonos. O sea, que esto les interesa sobremanera.
 ¿Y EN QUÉ CONSISTE ESA OFERTA?
Los accionistas no van a recibir dinero, sino un producto que llaman “bonos de fidelización”, por el mismo valor que pagaron por sus acciones o sus obligaciones subordinadas.
Condiciones para acogerse a la oferta:
1º.   Renuncian a cualquier acción legal contra el banco. De lógica.
2º.  Es una oferta limitada. Para que puedas acogerte a ella necesitas:
§  Haber comprado acciones en la ampliación de capital de mayo de 2016.
§  O, haber comprado obligaciones subordinadas en julio de 2011.
§  Además, a día de hoy tienen que estar depositadas en el banco Santander o sus filiales (Popular, Pastor , Openbank).
Quienes invirtieron en fechas distintas o no las tienen en el Santander, quedan excluidos de la oferta. Además, sólo te dan el 100% si es < 100.000€. A partir de ahí, es un 75% o un 50%
Y ESOS “BONOS DE FIDELIZACIÓN” ¿EN QUÉ CONSISTEN?
Puede que sea algo durillo de entender. Según reza son “Obligaciones perpetuas, subordinadas, discrecionales y contingentemente amortizables”. Que yo lo leo y digo “Dios santo”.
Voy a intentar destripar lo que yo he podido entender, después de informarme en sitios especializados. Aunque creo que ni así acabo de entenderlas bien.
Son unas obligaciones del Santander, a largo plazo y sin fecha de vencimiento (perpetuas), con el mismo valor por el que compraste tus acciones.
Son subordinadas porque, en caso de quiebra del Santander, eres el último que tiene derecho a indemnización.
Son discrecionales porque el banco puede dejar de pagar los intereses en cualquier momento. Incluso eliminarlas completamente, o sea, contingentes.
¿ALGÚN ASPECTO POSITIVO DEBEN TENER?
Los bonos te ofrecen un interés del 1% anual los primeros 7 años, después subirán o bajarán en función de los tipos de interés. A partir del 7º año, el Santander podría, y digo podría, pagarte en efectivo el valor del bono. Hay buenas posibilidades que lo haga. Entretanto, puedes vender tus bonos en Bolsa como si se tratase de una acción. Si hay alguien que lo compre.
Como es probable que muchos de los que reciban estos bonos intenten venderlos rápidamente, por la ley de la oferta y la demanda, muchos vendiendo y pocos comprando, se estima que se podrán vender, al principio, sobre un 70% de su valor. Pero esta es una estimación que hasta puede que sea optimista.
Y LO QUE VAN A PREGUNTAR CADA UNO DE LOS AFECTADOS ¿ME INTERESA ACOGERME A ESTA OFERTA?
Lo que voy a decir no es un consejo mío, es la opinión generalizada que he sacado de fuentes solventes.
Si, interesa.
Primero porque te van a dar el valor por el que los compraste, 1,25 €, no por lo que valían cuando el Popular petó y dejó de cotizar, que eran 0,34 €.
Segundo, porque aunque no se reciba dinero, puedes obtener inicialmente, al menos, sobre el 70% de la inversión.
Eso sí, aceptar la oferta supone renunciar a las acciones legales contra el Santander. Aunque también este camino en los tribunales puede durar años. Además sí que se pueden ejercer acciones legales contra los antiguos gestores del Popular. De hecho ya están encausados por falseamiento de las cuentas.
¿HAY ALGÚN PLAZO?
Fecha límite, el 7 de diciembre. Pero si lo tienes claro, es conveniente que te pases ya por el Popular. Y a partir del 15 de enero vas a poder vender los bonos en bolsa.

Consultas: MEJORES DEPÓSITOS A 1 AÑO



Esta es una consulta que se repite con frecuencia. En Villacarrillo el rey del ahorro es el depósito a un año, aunque cada vez menos.
5.000, 10.000 0 50.000 € a plazo fijo de un año y con total seguridad.
o   1ª: FarmaFactoring: 1,15%
o   2ª: CA Consumer Finance: 1%
o   3ª: Novobanco (antiguo Banco Espíritu Santo, portugués): 0,8% > 25.000€
Estos son para depósitos sin gastos, ni vinculaciones ni condiciones. Hay otras ofertas para otros plazos, 3 meses, 5 años, o con alguna vinculación. Incluso hay bancos que hace ofertas a clientes muy concretos. Escucha y compara.

Curiosidad de la semana: DATOS DESCONOCIDOS, Y SORPRENDENTES, DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

Cada año en primavera tenemos una cita con Hacienda, nuestra declaración de la renta. Para algunos un susto por lo que van a tener que pagar, para otros una alegría ya que van a recibir la devolución, y para todos un fastidio por el papeleo.
Hay algunas cuestiones poco conocidas, que resultan curiosas, incluso chocantes. Y hoy vamos a mencionar un par de curiosidades.
·        El dinero que se recibe de los invitados de una boda, hay que declararlo.
o   Hacienda lo considera una donación a título gratuito, por lo que debería ser declarado en el impuesto de donaciones.
o   No es normal que Hacienda se meta con ese dinero, pero puede suceder. Sobre todo si la recaudación de la boda la llevas de golpe al banco, y Hacienda detecta un ingreso cuantioso cuyo origen tú no puedes explicar.
o   También es cierto que Hacienda se implica cada vez más, y puedes recibir un requerimiento para para recabar datos de la boda. Pero aquí lo normal es que persiga a las empresas que te prestaron servicios de boda: sobre todo el banquete. Por eso, no está de más que guardes las facturas de la boda.
·        Un niño de 10 años puede hacer la declaración de la renta.
o   La declaración se hace en función de los ingresos, no de la edad. Sin un niño tiene ingresos, y a veces ocurre, puede hacer la declaración por su cuenta.
o   Otra cosa es que esté obligado. Pero lo normal es que si tiene ingresos la haga conjuntamente con sus padres.
o   Pero podría salirle, en determinadas circunstancias,  más favorable hacerla individual. Exactamente igual que en un matrimonio,  a veces conviene conjunta, a veces separada.

o   Pero poder, puede.