miércoles, 18 de febrero de 2026

SI VAS A PEDIR UNA HIPOTECA, TE CONVIENE SABER ESTO

  (Contenido del programa en DIEZTV, del 17 de febrero de 2026) 

Comprar una vivienda y contratar una hipoteca es, probablemente, la decisión financiera más importante que tomarás en tu vida. Además, te va a acompañar durante mucho tiempo, normalmente entre 20 y 30 años. Y si tienes la información suficiente y conoces los conceptos básicos, todo el proceso será mucho más llevadero.

Aquí voy a intentar aportar información que debes saber antes de pedir una hipoteca.

PARA EMPEZAR ¿EN QUÉ CONSISTE LA HIPOTECA?

Se trata de un préstamo del banco para pagar tu vivienda cuando no tienes el dinero para pagarla al contado. Tú lo devuelves en cuotas mensuales, que incluyen la devolución del capital más los intereses, durante los años que dure. Es más barato que un préstamo normal, ya que el banco tiene la vivienda como garantía.

Antes de firmar te conviene fijarte en tres cosas: que puedas pagar sin problema la cuota mensual, el coste total incluidos intereses, comisiones y vinculaciones, y el tipo de hipoteca que te conviene, según tu estabilidad y tolerancia al Euribor.

UNA HIPOTECA NO SE LA DA EL BANCO A TODO EL MUNDO

El banco te va a cubrir el 80% de la compra. El otro 20% tienes que tenerlo ahorrado, a lo que hay que añadir los gastos de compraventa. Échale un 10% más. Por ejemplo, para una vivienda de 100.000€, tienes que tener ahorrados 30.000€

Te van a pedir estabilidad laboral, para garantizarse que les vas a ir pagando.

Además, tus ingresos deben ser suficientes para pagar las cuotas. Y para eso consideran que esa cuota no puede ser superior al 30% de tus ingresos mensuales.

Van mirar que no estés en un registro de morosos.

Y una más, que tu edad al final del plazo de devolución no supere los 75 años.

IMPORTANTE, EL TIPO DE HIPOTECA

HIPOTECA A TIPO FIJO: durante todos los años que dura la hipoteca tienes el mismo interés pactado en el contrato, y pagas la misma cuota, desde el primer mes hasta el último.

HIPOTECA A TIPO VARIABLE: la cuota de la hipoteca cambia cada 6 meses o cada año, dependiendo de un índice, el Euribor, que puede subir o bajar. Si sube, pagas más intereses, si baja, pagas menos.

HIPOTECA MIXTA: los primeros años, entre 3 y 10, tienes una hipoteca a tipo fijo y los siguientes una hipoteca a tipo variable.

Cuál es la mejor y cuál te conviene, depende de tus circunstancias, de tu tolerancia a un cierto riesgo, que el Euribor suba o baje.

AHORA ALGUNOS CONCEPTOS CLAVE

Tipo de interés nominal, TIN: es el % de intereses que te van a aplicar.

Plazo: número de meses o años. A más tiempo, vas a pagar más intereses.

Bonificaciones: los bancos ofrecen alguna rebaja en el tipo de interés si contratas con ellos, un seguro, un fondo, domiciliar la nómina. Esto no significa ahorro.

Tasa anual Equivalente, TAE: este es el que interesa, es el interés que vas a pagar con todos los gastos incluidos.

Euribor: es el tipo de interés al que las entidades financieras se prestan el dinero entre ellas. Y depende de la marcha de las economías

Cuota: lo que pagas cada mes, incluyendo devolución de capital e intereses.

Cuadro de amortización: es un documento que tiene que entregarte el banco donde se indican todos los pagos que tienes que realizar, mes a mes, indicado cuanto te queda por amortizar.

EL BANCO TE VA A COBRAR ALGUNAS COMISIONES

Comisión de apertura: al firmar el contrato, entre un 0,5 y un 1,5%

Comisión de amortización anticipada: si pagas antes de tiempo, te cobran una comisión entre el 0 y el 2%. Si es del 0% de conviene amortizar anticipadamente.

Comisión de novación o subrogación: si renegocias la hipoteca, porque encuentras mejores condiciones en el mismo o en otro banco pueden cobrarte entre el 0 y el 2%.

OTROS GASTOS

Por un lado, la gestoría, la notaría y el registro. Y puede que la tasación.

Si es nueva el IVA, un 10%. Si es de segunda mano, el ITP, que en Andalucía es del 7%.

Como ves esto tiene una cantidad de flecos importante. Y si no tienes mucho conocimiento, dado que el volumen económico es muy alto, te conviene buscar ayuda. Porque además existen ayudas para la compra de vivienda, como las que hay para jóvenes, o para municipios pequeños o en riesgo demográfico.

miércoles, 11 de febrero de 2026

¿CONVIENE FINANCIAR LA COMPRA DE UN COCHE?

 (Contenido del programa en DIEZTV, del 10 de febrero de 2026) 

Comprar un coche en un acto económico que se puede repetir varias veces a lo largo de nuestra vida. Y por su volumen económico es de los más importantes. Por eso es necesario hacer muchas cuentas y tener claras algunas cuestiones, para limitar ese coste económico.

Si la compra es al contado, la cosa está clara, conoces el precio total del vehículo y si te lo puedes permitir o no. Sabes que el pago es único y que tienes que hacerlo antes de recibir el coche. Pero hoy en día, la mayoría de compras de coches se hace con financiación. En concreto, en España, se financia un 70% de los vehículos nuevos y un 40% de los vehículos usados. Y aquí aparecen cuestiones que pueden hacer que en la compra de un coche me pueda salir hasta 4.000€ más caro o más barato. Cuestiones como, el interés del préstamo, las comisiones, de apertura y de cancelación, o las rebajas por elegir la financiación. Por eso, vamos a hacer un repaso a lo que necesitas conocer para que el coste de financiación sea el mínimo.

Para empezar, un dato evidente, por más que te rebajen 2 o 3.000€ por financiar un coche, siempre te va a salir más barato comprarlo al contado. Y si lo vas a financiar, tienes que preguntar todos los datos de la financiación y con ellos hacer el cálculo del precio total del coche del primer hasta el último día.

AHORA, ASPECTOS QUE TIENES QUE CONOCER PARA HACER TUS CUENTAS

* El descuento por financiar. Que suele estar condicionado a que lo hagas con el concesionario.

* El interés del préstamo, conociendo las cuotas mensuales y, por supuesto, si hay cuota inicial o cuota final.

* Las comisiones. Muy importante la de apertura, que puede llegar al 4%.

* La obligación de contratar algún producto, como un seguro de pagos, o similar.

Las cláusulas de permanencia que te obligan a mantener la financiación durante un determinado tiempo. Y, caso de poder cancelar anticipadamente, el coste de la cancelación, que será un % de lo que quede por pagar.

Hay ocasiones en que para financiar te obligan a una “reserva de dominio”. O sea, hasta que no acabes de pagarlo no podrás ni venderlo ni cambiarlo de titular.

Si vas a financiar, si o si, unas recomendaciones, como resumen:

o Si puedes dar una entrada, te ahorrarás parte de la financiación.

o No elijas la financiación del concesionario sin hacer cuentas, por mucho que te insistan en la rebaja. Y compara con las ofertas de préstamos de varios bancos para la compra de coches.

o Pregunta las comisiones por apertura, por cancelación y las obligaciones de contratación de productos.

o Si puedes amortizar anticipadamente sin penalización, hazlo.

La OCU ha realizado un estudio sobre la financiación en concesionarios y ha llegado a la conclusión de que rara vez traen cuenta, porque los tipos de interés, más las comisiones son muy superiores a los que ofrecen los bancos. Y que en un banco puedes ahorrarte hasta 4.000€ de financiación.

Yo, por curiosidad, he entrado en una plataforma de vehículos de ocasión online, y entre otros, me he encontrado esta oferta:


Coche al contado: 17.000€ 

Coche financiado: 15.000€, con 108 cuotas (9 años) de 255€.

o Las cuentas: 108 cuotas x 255€ = 27.500€.

o Te ha costado financiarlo 10.000€

o En una oferta de un banco que he encontrado al 7%, pago total 23.000€

o 4.500€ menos.

En resumen, si quieres ahorrarte una buena cantidad de dinero, pregunta y haz tus cuentas. Y si no sabes, busca quien te las haga, que ya ves que merece la pena.

miércoles, 4 de febrero de 2026

¿ES LEGAL TENER UNA CANTIDAD IMPORTANTE DE DINERO EN CASA?

     (Contenido del programa en DIEZTV, del 3 de febrero de 2026) 


TODOS TENEMOS CLARO QUE TENER DINERO EN CASA ES LEGAL, PERO NOS SURGEN LAS DUDAS CUANDO ESA CANTIDAD DE DINERO ES IMPORTANTE

La legislación vigente aclara este extremo. Pero somos conscientes de que conlleva algunos inconvenientes, de los que voy a hablar. Además voy a relatar algunos consejos de las fuerzas y cuerpos de seguridad para el caso de que guardes el dinero en casa y en qué lugares hay que guardarlos.

Evidentemente no hablamos de tener 500€ en casa. Personalmente conozco casos de personas que tienen por encima de los 100.000€ en su casa. Y aquí sí que se nos plantean dudas importantes sobre la conveniencia, la legalidad o cómo revertir esa situación. Las causas para tener dinero en casa son variadas, desde prevenir una emergencia, o para que no me controlen o por si desaparece el banco. Lo que toda la vida se ha llamado “tener el dinero bajo el colchón”.

PARA EMPEZAR ¿ES LEGAL? Y ¿CUÁL ES EL LÍMITE?

Es perfectamente legal y Hacienda establece que no hay ningún límite en lo referente a la cantidad. Lo que sí obliga la legislación es a declarar el origen del dinero de forma correcta, para evitar el dinero negro proveniente de negocios ilegales o delictivos.

Luego, tener dinero en casa es legal, pero Hacienda tiene mecanismos para vigilar su legalidad. Uno de ellos es la obligación de los bancos de movimientos que afecten a billetes de 500€ o ingresos en efectivo de 3.000€ o más.

AHORA, ¿CÓMO DECLARO EL DINERO EN EFECTIVO QUE TENGO EN CASA?

Pues en la declaración de renta, indicando si el dinero proviene de rendimientos del trabajo o de ganancias patrimoniales o de ventas de inmuebles, etc.

ESO SI, TENER DINERO EN CASA TIENE 3 INCONVENIENTES

1. Que al dinero le pase algo: un incendio, una inundación o que te lo roben.

2. Si la cantidad es alta, lo que pierdes por la subida del coste de la vida. Si tienes 50.000€ bajo el colchón, cada año pierdes la subida del IPC, o sea 1.500€ menos.

3. Si por cualquier causa quieres ingresarlo en el banco, la Agencia Tributaria te puede pedir que demuestres el origen de los fondos. Y si no puedes, lo va a considerar una ganancia no justificada y obligarnos a tributar por ellos.

COMO DECÍA, CONSEJOS PARA GUARDAR EL DINERO

Es cuestión de no ponérselo fácil a los posibles ladrones. Y para eso, lo más lógico, cajas fuertes u otros dispositivos de seguridad. Pero no de Aliexpress, si no homologados. Pero si no tenemos espacio o no tenemos recursos para eso, hay que buscar lugares poco predecibles. Y no se te ocurra la mesita del dormitorio. Seguro que en muchas películas ya has visto lugares donde poca gente buscaría. Y no vamos a mencionarlos, que estaríamos dando pistas.

Y para acabar te cuento una experiencia personal. Hace un par de años, en el trastero de la casa de mis padres, que ya habían fallecido, me encontré una tinaja rota que iba a tirar y al abrirla encontré 1.000€. Y es que las personas mayores siempre han tenido esa costumbre de guardar un dinero en casa, por si acaso. Por eso, si vas a guardar dinero en tu casa, cuéntaselo a tus hijos o a una persona de confianza, que ese dinero puede acabar en la basura.

miércoles, 28 de enero de 2026

LEYENDAS URBANAS SOBRE EL DINERO DE LAS HERENCIAS

    (Contenido del programa en DIEZTV, del 27 de enero de 2026) 


UNO DE LOS MOMENTOS ECONÓMICOS MÁS IMPORTANTES DE CUALQUIER PERSONA ES EL DE RECIBIR UNA HERENCIA. Y, POR LO GENERAL, TENEMOS IDEAS PREFIJADAS, ALGUNAS DE LAS CUALES SON IRREALES

Como es obvio, la herencia hay que tramitarla, pagando los impuestos correspondientes. Y para eso es bueno tener claras algunas cuestiones.

¿PUEDEN HACER LOS TRÁMITES PERSONAS QUE NO SEAN HEREDERO

No. Son los herederos, indicados en el testamento, o los que marque la ley los únicos autorizados a tramitar la herencia. Pero se puede autorizar para determinados trámites a un asesor a un familiar o a una persona con un poder notarial.

¿CUÁNDO UNA PERSONA FALLECE, NO SE PUEDE TOCAR EL DINERO DE SUS CUENTAS EN EL BANCO

Cierto. Cuando el banco tiene constancia del fallecimiento, lo que hace es inmovilizar el dinero. El dinero pertenece a los herederos, que podrán disponer de él cuando se cumplan todos los trámites.

¿CÓMO AVERIGUO LOS BANCOS EN LOS QUE EL FALLECIDO TENÍA EL DINERO?

A menudo los bancos del fallecido los conocen los familiares, la mujer, los hijos, o los parientes cercanos. Pero, a veces, no tenemos claro si tiene dinero en algún banco o directamente no tenemos ni idea de los bancos.  Y no vas a ir banco por banco con tus papeles de heredero.

Una idea que me señaló alguien es acudir al Banco de España. Error, allí no nos van a dar ni los buenos días, porque no es su cometido el saberlo. Hay que acudir a la Agencia Tributaria, a Hacienda. Allí, con el certificado de defunción, demostrando que somos herederos, nos dan la relación de las cuentas bancarias del fallecido. Pero, además, si tenía préstamos o hipotecas.

Lo que no te dice Hacienda en cuánto dinero hay en la cuenta. Para eso, tienes que acudir a cada banco a pedir un certificado de saldos y posiciones, y demostrando que eres heredero. Pero todavía no puede echar mano al dinero. Y esto de echar mano tiene una excepción. Si hay varios titulares, cada uno puede disponer de su parte proporcional. Aunque por desgracia, hay algunos bancos que bloquean la totalidad del saldo. Y mira que el Banco de España ya ha dicho que es una mala práctica bancaria.

He olvidado decir que hay que comunicar al banco el fallecimiento, y procede a inmovilizar el dinero. Aunque, para evitar problemas, se siguen pagando los recibos domiciliados.

Y SI EN YO ESTOY EN LA CUENTA COMO AUTORIZADO, ¿PUEDO SEGUIR UTILIZÁNDOLA?

 No. El autorizado, como era eso, un autorizado, pierde todos sus derechos. Y si lo haces, puede tener consecuencias legales por apropiación indebida.

SI PARA TODO TENGO QUE DEMOSTRAR QUE SOY HEREDERO, ¿CÓMO LO DEMUESTRO?

Fácil: certificado de defunción, registro de actos de últimas voluntades y copia del testamento. Y si no hay testamento, de la declaración de herederos.

¿Y CUÁNDO LE PUEDO ECHAR MANO AL DINERO?

Pues cuando se aporte la documentación justificativa de la aceptación, partición y adjudicación de la herencia. También la documentación sobre el pago del Impuesto de Sucesiones, puesto que los bancos, al ser subsidiariamente responsables de su abono, se asegurarán de que no tienen esa carga antes de liberar los saldos.

¿CUÁNTO ME VA A COBRAR EL BANCO POR PASARME EL DINERO?

El banco tiene que disponer un medio gratuito para poner a tu disposición el dinero, aunque tú no tengas cuenta en ese banco. Siempre puedes abrir una cuenta en ese banco. Pero cuidado con las comisiones.

¿Y CUÁNTO TARDA EN DARME EL DINERO?

Desde que has entregado toda la documentación, entre 15 y 30 días.

Y aquí, una nota final. Lo repito cada programa, pero es que es algo que te conviene. En estos trámites, donde se mueven cantidades importantes de dinero, es improbable que tengas los conocimientos suficientes para afrontarlos como más te conviene. Asesórate, ya sea en la notaría, en la Agencia Tributaria o acudiendo a una gestoría especializada en estos trámites. Que te va mucho dinero en hacerlo bien.