martes, 14 de julio de 2015

Cuando alguien muere ¿quién hereda? (parte II: con testamento)

En el programa de radio, y en este blog, la semana pasada detallaba quién hereda cuando una persona muere sin testamento. Hoy vamos a ver qué ocurre cuando si que hay testamento, y las limitaciones legales que tenemos al hacerlo. Y con este artículo me despido del programa de radio "Finanzas para todos" hasta después del verano.

Hay quien cree que hacer testamento es de mal agüero y que es tentar a la muerte: eso es una tontería. ¡Haz testamento!, la familia se puede ahorrar mucho dinero y disgustos. Por muy joven que seas, vete con tu marido o tu mujer a la notaria.

¿PUEDO DEJAR MI DINERO A QUIEN ME DE LA GANA?
Rotundamente NO.
Hay unos familiares a los que tienes que dejar parte de la herencia quieras o no quieras: tu mujer/marido y tus hijos (si  han fallecido, será a los nietos, padres o abuelos).
Eso sí, puedes disponer de una parte de tus bienes libremente.

¿CÓMO SE REPARTE LA HERENCIA?
Ya vimos el otro día que los bienes de una pareja son de los dos, y que si uno fallece el que sobrevive se queda con la mitad y lo que se reparte es la otra mitad. Puede ocurrir que haya bienes privativos, propiedad sólo de uno.
También vimos que cualquier bien que poseamos, a efectos de heredar, se divide en dos partes: nuda propiedad y usufructo (en una casa: la nuda propiedad es la casa y el usufructo el derecho de usar esa casa).
Esto luego va a tener su importancia, porque no siempre se heredan juntas.

¿CUÁLES SON LAS OPCIONES A LA HORA DE REPARTIR?

Separar el usufructo de la nuda propiedad puede acarrear sus problemas. Imagina que en una familia el hijo hereda la propiedad de una casa y la viuda hereda el usufructo, o sea el uso. Si se quiere vender y no se ponen de acuerdo, no se puede y estás atado durante muchos años.
Esto se puede resolver comprándole el usufructo a la viuda. Hay una fórmula para calcular cuánto vale el usufructo. El hijo le paga esa cantidad a la viuda y recibe el bien en plena porpiedad. Esa fórmula depende de la edad: a menos edad te quedan más años para disfrutarlo y es más caro, y al revés, a más edad más barato.
Y lo mismo que con la casa, con las olivas. 
Aquí en Villacarrillo ha habido gente que ha muerto en la indigencia y luego se ha descubierto que tenían millones de pesetas debajo del colchón. Hubo un caso trágico, hace muchos años, en que incluso la ratas atacaron el cadáver abandonado. 
 Y para compensar, aunque no venga a colación, un chiste: -un moribundo llama a sus tres hijos y les dice: Pedro, a ti te dejo las casas de la calle Carmen, a tí Manolo te dejo las casas de la calle Vandelvira y a tí María las casas de la calle Ministro Benavides. Y un amigo que presencia la escena les dice: no sabía que vuestro padre tenía tantas propiedades. Y le responden: no, si es que era panadero-. 
Una curiosidad legal: se puede hacer testamento escrito a mano. Eso sí, necesita un procedimiento legal de verificación complicado y caro: la adveración.
Otra curiosidad: se puede reconocer a un hijo ilegítimo en el testamento.
Se puede, y es aconsejable, nombrar una persona que reparta la herencia en caso de que los herederos no se pongan de acuerdo: el albacea.
Se puede desheredar a un hijo en casos extremos: cuando ha cometido un delito contra el padre o le haya negado socorro vital, …
HAY ALGUNA FORMA MÁS FRECUENTE QUE OTRA DE HACER TESTAMENTO
En Villacarrillo el testamento más frecuente es el que llamamos “del uno para el otro” (yo añadiría: y a falta de los dos, para los hijos). Esto se llama la cláusula Socini.
Cada cónyuge deja su herencia a los hijos a partes iguales (la nuda propiedad) y a la pareja el usufructo de todos los bienes: uso de la casa, intereses de los depósitos, ….. Así cuando el segundo muera, todo va para los hijos.
Esto tiene un par de problemas: se pagan más impuestos y para cualquier venta hay que ponerse de acuerdo el hijo y el viudo/a. 

Sin ser un entendido, me atrevo a dar unos consejos para este trámite:
1º. El más importante: aunque planifiques el futuro de tu familia, no seas tonto/a y disfruta de tus bienes en vida.
2º. Haz testamento ya, aunque te mueras dentro de 60 años: les vas a evitar muchos problemas a tus herederos y puede que les ahorres mucho dinero. Y tú no quieres que tu dinero se vaya en impuestos y papeles. Hacer un testamento en la Notaría es rápido y barato, y lo vas a poder cambiar cuando quieras.
3º. A la hora de hacer testamento, si es posible, deja los lotes hechos: a tus herederos les vas a ahorrar problemas y sobre todo dinero en impuestos.
4º. Si quieres beneficiar a algún pariente lejano o a otra persona, hazlo en vida: cuando herede lo van a freír a impuestos.
5º. Si eres heredero y ves que hay deudas, acepta el testamento “a beneficio de inventario”, y así sólo responderás de las deudas hasta el límite de la herencia. Es legal y conveniente.

2 comentarios:

anonimo dijo...


TODO MUY BIEN EXPLICADO AMIGO SEBASTIAN: AUNQUE HAY ALGUNOS O ALGUNAS QUE NO QUIEREN SABER NADA DE SUS PADRES O ABUELOS, Y EN CUANTO SE MUEREN LOS INTERESADOS VAN A VER LO QUE LES CORRESPONDE Y NO HAN MIRADO A LOS MAYORES YO LES DARÍA UNA MIERDA COMO UNA PLAZA DE TOROS.-HAY FAMILIAS TOLTALMENTE DESTROZADAS POR CULPA DE LOS INTERESES EN LAS HERENCIAS

Pedro Díaz dijo...

La verdad es que te lo has currao, yo pensaba que esto era algo más sencillo pero con este esquema no hay quien se pierda. Gracias Sebastián, porque a mi si que me ha sido útil.
Veo que aquí también eres muy bueno. Espero que sigas con esta serie artículos y con el programa de radio.