(Contenido del programa FINAZAS PARA TODOS en DIEZTV Villacarrillo, del 5 de noviembre de 2024)
QUE UN
BANCO PUEDE QUEBRAR ES UNA HECHO QUE POR DESGRACIA YA CONOCEMOS.
Quebró
el Silicon Valley Bank en EEUU y el Credit Suisse. Casi quebró el Banco Popular
que al final fue adquirido por el Santander por 1 €. ¿Cómo estaría la cosa?
Ese miedecillo está latente, y no podemos dejar de preguntarnos si mi banco quiebra qué pasará con mi dinero y con mi hipoteca. Hemos escuchado con frecuencia que nuestros depósitos están, entre comillas “garantizados”, que los bancos españoles han pasado los test de estrés financiero, que la regulación actual es muy estricta y esa posibilidad es muy remota. Pero vemos en las noticias que bancos emblemáticos internacionales están en liquidación o en situaciones muy complicadas y pensamos que si esto le sucede a los grandes, nada impide que le pase a mi banco.
No
vamos a sorprender a nadie, en España el sistema financiero está muy controlado y
cumple con los requisitos de la UE, es muy, muy difícil, pero un banco puede
quebrar.
Y LA PREGUNTA DEL MILLÓN: SI ESO
SUCECE, ¿QUÉ OCURRE CON EL DINERO QUE TENGO EN ESE BANCO?
Si eso sucediese en España, el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) garantiza los ahorros, cuentas y depósitos, pero con el límite de 100.000€ por titular y cuenta. Un ejemplo, si en una cuenta o depósito tienes 250.000 euros y hay dos titulares, vas a poder recuperar hasta 100.000 euros cada uno, o sea, 200.000€. Si eres de los privilegiados que tiene más, procura tenerlos en bancos distintos y como mucho 100.000€ por titular y cuenta.
Y SI TENGO UNA HIPOTECA ¿YA NO
TENGO QUE PAGARLA?
Pues
va a ser que no.
Si
tienes un préstamo hipotecario con el banco y quiebra, la deuda la asume la
nueva entidad que se crea. Eso sí, te tienen que mantener las condiciones, ya
que las has firmado ante notario.
Ten en cuenta que es complicado que quiebre un banco, porque si no tiene suficientes fondos para afrontar sus obligaciones lo que hace es presentar un concurso de acreedores, y si llega a un entendimiento con las entidades que le han prestado, las aguas vuelven a su cauce. O si otro banco lo compra, como el Santander con el Banco Popular, o lo rescata el estado, lo mismo. Si no es así, se produce la liquidación ordenada y otros bancos compran partes de la entidad y se quedarán con tu hipoteca.
Resumiendo,
que vas a seguir pagando, sí o sí, hasta la última cuota.
¿Y MIS ACCIONES Y MIS FONDOS?
Hay que distinguir: las inversiones en cuentas de valores, las acciones, están cubiertas por el FGD con otros 100.000 € por titular y cuenta. Pero no te garantiza las pérdidas que hayan podido tener las acciones.
Otra cosa son los fondos de inversión. Si gestora de nuestro fondo entra en concurso y no puede reembolsarnos nuestra inversión, entra en juego el Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN), que indemniza a los inversores cuando una sociedad o agencia de valores se declara insolvente. El FOGAIN indemniza hasta 100.000 por cliente, con dos condiciones:
o Que la sociedad se declare en concurso de
acreedores
o Que la CNMV declare que la sociedad no
reúne las condiciones financieras para restituir la inversión a sus clientes en
un plazo máximo de 21 días.
Lógicamente el FOGAIN tampoco cubre las pérdidas si las inversiones de ese fondo han bajado de valor.
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