miércoles, 4 de diciembre de 2024

AYUDAR ECONÓMICAMENTE A UN HIJO Y QUE NO ME CUESTE DINERO

 (Contenido del programa FINAZAS PARA TODOS en DIEZTV Villacarrillo, del 3 de diciembre de 2024) 

ESTA DEBE SER LA PREGUNTA QUE MÁS ME HACEN LOS QUE VEN EL PROGRAMA. CÓMO AYUDAR ECONOMICAMENTE A UN HIJO O UNA HIJA, LEGALMENTE Y QUE NO ME CUESTE DINERO

Rara es la familia donde no llega el momento en que los padres le echan un cable a la economía de un hijo. Para la vivienda o para el coche, para comprar unas olivas o para empezar un negocio. Sobre todo, cuando se emancipan por trabajo o se casan o se arrejuntan y viven en pecado, o por cualquier otra circunstancia.

Ayudarlos es una alegría para un padre y una madre, o como dice un amigo mío, así consigues que se vaya de una vez de la casa y nos deje tranquilos. Pero a estas alturas todos los padres saben que con esas cantidades van a haber consecuencias fiscales y otras que desconocen.

Hoy en día Hacienda puede controlar cualquier donación de dinero, una vez que llegue a la cuenta corriente de ese hijo. Si tú estás en esta situación o lo vas a estar, ya sea del que da o del que recibe, atento, que esto te interesa.

LA PREGUNTA OBLIGADA ¿QUÉ ES MÁS INTERESANTE DONAR DINERO O PRESTARLO?

Para empezar, si la idea es que el hijo se quede con el dinero, sí o sí, evidentemente una donación.

Pero si la idea es ayudarlo transitoriamente, puede ser más interesante un préstamo.

Para decidir con acierto y sobre todo ahorrando al máximo, lo mejor es conocer el coste, las obligaciones administrativas y las consecuencias sobre el patrimonio familiar de esa donación o de ese préstamo.

IMPUESTOS y OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS

o La donación paga el impuesto de sucesiones, que de padres a hijos está bonificada en un 99%, o sea, se paga el 1%. Por ejemplo, una donación de 30.000€ paga 300€ de ID. A lo que hay que añadir la minuta de la notaría por formalizar la donación.

o El préstamo está sujeto al ITP, hay que presentar la operación en la delegación de la Hacienda de la autonomía, pero está exenta, coste 0. Y como no interviene la notaría, no hay otro coste.

CONSECUENCIAS SOBRE EL PATRIMONIO FAMILIAR

o En la donación, el dinero queda definitivamente en poder del hijo. Pero si hay más herederos del donante, por ejemplo, otros hijos, esa donación se considera un adelanto de la herencia, que habrá que tener en cuenta al hacer el reparto en su momento. Si no me equivoco, eso se llama colación.

o En el préstamo, como es normal, hay que devolver el dinero a los padres y hacerlo de forma fehaciente, por ejemplo, mediante transferencias.

Y ALGUNAS PUNTUALIZACIONES

1. La donación con la bonificación del 99% tiene que recibirla un hijo o hija. Vamos que no vale el futuro yerno, o la nuera, ni siquiera el hermano.

2. En la donación, no es obligatorio, pero es mejor es mencionar el origen del dinero para evitar problemas con Hacienda (por ejemplo: indica que proceden del ahorro del trabajo, o de la actividad empresarial, o de un premio, o de una compraventa…)

3. He dado por sentado que el préstamo es sin intereses, porque en caso contrario ya habrá que declarar los intereses que recibe el donante en la declaración de la renta.

4. Hay algún estudio sobre estas donaciones que ha determinado que el importe medio oscila entre los 50.000 y los 100.000€.

5. No hemos hablado de la donación de una vivienda. Ese es un caso especial que tiene otros muchos flecos y veremos en otro programa, por no alargarnos en exceso.

6. En esta situación, de ayuda económica a un hijo, son frecuentes los trapicheos o intentos de trapicheo para ir más rápido o pagar menos, pero si lo que quieres es ahorrarte problemas, mejor acude a un profesional, que te va a evitar problemas y te va a ahorrar dinero y preocupaciones.

7. Para acabar, contribuir a que los hijos despeguen con su primera vivienda, o con su coche puede verse como una obligación, pero es una gran satisfacción para unos padres contribuir a que esos hijos inicien una vida digna. 

miércoles, 27 de noviembre de 2024

EVOLUCIÓN ECONÓMICA DE LA PROVINCIA DE JAÉN

 (Contenido del programa FINAZAS PARA TODOS en DIEZTV Villacarrillo, del 26 de noviembre de 2024) 

VALORAR CÓMO EVOLUCIONA ECONÓMICAMENTE NUESTRA PROVINCIA, ES CRUCIAL PARA NUESTRAS FINANZAS. Y RESULTA QUE DISPONEMOS DE DATOS OBJETIVOS SOBRE LOS QUE DEFINIR ESTRATEGIAS DE FUTURO

Jaén dispone de una publicación económica, que muchos desconocen, el Observatorio Económico de la Provincia de Jaén, que elabora la Fundación “Estrategias para el desarrollo económico y social de la provincia de Jaén” y la Cátedra de Planificación Estratégica de la UJA. 

Cada mes publica los indicadores de coyuntura económica que permiten conocer, la evolución de la economía jiennense. Y resulta una herramienta muy eficaz para planificar estrategias y para ayudar a tomar decisiones a entidades políticas y empresariales. Por cierto, lo dirige el catedrático de Economía Aplicada, Antonio Martín Mesa.

EN ESTA TIERRA SOMOS MUCHO DE HABLAR SOBRE LA ECONOMÍA PROVINCIAL CON IMPRESIONES Y CON OPINIONES SUBJETIVAS.

Pero para tener una visión real de nuestra economía se necesitan datos. Y aquí entra este Observatorio de la Provincia de Jaén, para que cualquier ciudadano conozca, no con impresiones, si no con cifras, esa evolución económica.

Para tener una visión global, he cotejado datos desde el año 2000 hasta este 2024 y según el apartado concreto de estudio.

VAMOS CON ESOS DATOS

Como no puede ser de otra forma, empezamos por el aceite de oliva:

Precio medio del aceite de oliva en las operaciones negociadas:

o En el año 2000 fue de 1,81€/kg, en el 2010 fue de 1,84€/kg, en el 2020 de 1,94€/kg, en 2023 se disparó a 7,69€/kg.

o Y ya en septiembre de este 2024, hasta los 6,91€/kg. A ver quien se atreve a pronosticar su precio tras esta campaña.

Seguimos con un dato de actualidad, la vivienda. Precio medio del metro cuadrado:

o Año 2000, 486€/m2, año 2010, fuerte incremento hasta los 1.071€/m2,

o Año 2024, II trimestre, 814€/m2.

IPC interanual. Relacionado con el poder adquisitivo de las familias.

o Año 2000: 3,7%; año 2010: 3,3%; año 2020: -0,2%; año 2023: 2,8%

o Año 2024: 1,6%, en septiembre.

Oficinas bancarias y depósitos

o En el 2000 había 595 oficinas bancarias. En 2024 tenemos 331 y bajando.

o Pero en el 2000 los bancos tenían en depósitos por 4.700 millones de euros y ahora, en 2024, tienen 12.300 millones.

o Y un dato curioso, si en la provincia somos 620.000 habitantes, tocamos de media a casi 20.000€ por persona de esos depósitos bancarios, incluidos niños.

Relacionado con la capacidad de ahorro y de compra: matriculaciones de vehículos

o En el año 2000 fueron 16.800, en el 2020 habían bajado a 10,400, en 2023, 13.000 matriculaciones.

o En 2024, está sin acabar, aunque los datos van por el mismo nivel que 2023.

Exportaciones e importaciones:

o Año 2000, 613 millones en exportaciones por 378 millones en importaciones. En 2010, exportaciones 647 millones, importaciones 470 millones. 2020, fuerte aumento, con exportaciones por 1.135 millones e importaciones por 911 millones. 2023, exportaciones 1.304 millones por 1.184 millones.1.07

o En 2024, aun sin los datos del total del año, se percibe un aumento significativo. En todos los casos un saldo a favor importante.

Empleo: Población ocupada en el 3o trimestre:

o En el año 2000, eran 190.000 personas; en el 2010 sube a 209.000,; en 2020 son 204.000, en 2023, 213000 y en 2024 estamos en 221.000.

Desempleo: Paro registrado en el 3o trimestre:

o Año 2000, 59.000 personas. Año 2023, 66.000 personas.

o Año 2024, ya son 62.000 personas, que son el 22% de la población activa.

Hay muchos más datos, PIB, turismo, inflación, salarios, recaudación. Que, junto a los que hemos visto, permiten interpretar el contexto económico.

Nuestra provincia está cambiando y disponer de esta herramienta y de los equipos que la desarrollan es vital para el futuro de nuestra provincia. Para quien esté interesado, puede encontrar esto, y mucho más, buscando en internet “observatorio económico provincia Jaén”.

miércoles, 13 de noviembre de 2024

HIPOTECA INVERSA

       (Contenido del programa FINAZAS PARA TODOS en DIEZTV Villacarrillo, del 12 de noviembre de 2024) 

ESTO OS VA A SORPRENDER, PERO ES POSIBLE QUE EL BANCO TE PAGUE CADA MES UNA HIPOTECA A TI, EN LUGAR DE SER TÚ QUIEN LE PAGUE AL BANCO. 

Para empezar, una breve justificación. Hay muchas personas mayores, jubilados, que tienen una pensión limitada, que carecen de otros recursos económicos y que quieren o que necesitan unos ingresos extras. Personas que tienen una vivienda, que no la quieren vender porque quieren seguir viviendo en ella hasta su fallecimiento.

Esa es la finalidad de la hipoteca inversa. Es un préstamo para personas mayores, donde el banco te paga cada mes una cantidad de dinero, con tu vivienda como garantía y no tienes ni que venderla, ni que mudarte. O sea, es el banco el que te paga a ti. Y te puede seguir pagando hasta que mueras.

¿CREES QUE ESTOY DE BROMA Y QUE LOS BANCOS NO REGALAN NADA?

Es cierto que los bancos no regalan nada, pero esto es muy serio. El truco está en que pones la vivienda como garantía, o como pago, aunque lo repito, sigues viviendo en ella. Ahora, cuando esto sucede, se ha acumulado una deuda con el banco que hay que devolver. Pero ya serán los herederos los que devolverán el capital y los intereses, pudiendo vender la vivienda para hacer frente a ese pago.

En resumen, recibes unos ingresos mensuales, como si vendieses tu vivienda, pero con el derecho de seguir viviendo en ella.

COMO ES NUEVO, LAS DUDAS SON MUCHAS. A VER SI RESUELVO ALGUNA

¿CUÁNTO DINERO PUEDO LLEGAR A RECIBIR?

o Depende de la edad y del valor de la vivienda. Cuanto mayor sea uno y otro mayor será el importe mensual a percibir.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

o Personas mayores de 65 años, propietarios de una vivienda, que sean los único que residen en ella y que no tenga hipoteca.

o Y dependiendo del banco donde se solicite, que tenga un valor significativo, que en algunos casos tiene que ser alto o que esté en una ciudad o una zona determinados para que tenga buena salida en caso de venta.

¿QUÉ VENTAJAS TIENE?

o La principal, puedes seguir viviendo en ella y seguir siendo el propietario. Y tener unos ingresos extras sin depender de nadie, ni siquiera de los hijos.

o Que la mensualidad que recibes no tributa en la declaración de la renta.

o Que los herederos obtienen el valor restante de la vivienda, después de pagar la deuda.

¿NO TIENES CLARO CÓMO PUEDEN PAGAR LOS HEREDEROS?

o Vender la casa y pagar el préstamo.

o Quedarse con la vivienda, pagando el préstamo recibido o incluso pidiendo un préstamo hipotecario para hacerlo. Aquí los herederos disponen de 9 meses sin intereses para pagar la deuda, para tener tiempo de vender la vivienda o hacer frente al pago.

¿CONCEDEN ESTA HIPOTECA A TODO EL QUE LA PIDE?

o Como ya sabemos, los bancos no son hermanitas de la caridad. Primero, el banco. No todos proporcionan esta oferta. Pero muchos sí, por mencionar uno, el Santander. Y, sobre todo, te la pueden conceder si ven garantías de que pueden recuperar su dinero y los intereses correspondientes. Aquí manejan dos parámetros. La edad del solicitante, a mayor edad, menos tiempo tardarán, de media, en recuperarlo. Y la facilidad de venta de la vivienda, para no quedarse con una vivienda colgada; ciudad, ubicación, valor de la vivienda,….

ES UN CAMBIO DE MENTALIDAD RESPECTO DE LO QUE HEMOS TENIDO HASTA AHORA

Pero para algunos puede resultar interesante. Y si te lo planteas, el primer paso es hablarlo con la familia y acudir a tu banco habitual o a otro que te pueda ofrecer este producto.

miércoles, 6 de noviembre de 2024

SI MI BANCO QUIEBRA ¿QUÉ PASA CON MI DINERO Y MI HIPOTECA?

      (Contenido del programa FINAZAS PARA TODOS en DIEZTV Villacarrillo, del 5 de noviembre de 2024) 

QUE UN BANCO PUEDE QUEBRAR ES UNA HECHO QUE POR DESGRACIA YA CONOCEMOS.

Quebró el Silicon Valley Bank en EEUU y el Credit Suisse. Casi quebró el Banco Popular que al final fue adquirido por el Santander por 1 €. ¿Cómo estaría la cosa?

Ese miedecillo está latente, y no podemos dejar de preguntarnos si mi banco quiebra qué pasará con mi dinero y con mi hipoteca. Hemos escuchado con frecuencia que nuestros depósitos están, entre comillas “garantizados”, que los bancos españoles han pasado los test de estrés financiero, que la regulación actual es muy estricta y esa posibilidad es muy remota. Pero vemos en las noticias que bancos emblemáticos internacionales están en liquidación o en situaciones muy complicadas y pensamos que si esto le sucede a los grandes, nada impide que le pase a mi banco.

No vamos a sorprender a nadie, en España el sistema financiero está muy controlado y cumple con los requisitos de la UE, es muy, muy difícil, pero un banco puede quebrar.

Y LA PREGUNTA DEL MILLÓN: SI ESO SUCECE, ¿QUÉ OCURRE CON EL DINERO QUE TENGO EN ESE BANCO?

Si eso sucediese en España, el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) garantiza los ahorros, cuentas y depósitos, pero con el límite de 100.000€ por titular y cuenta. Un ejemplo, si en una cuenta o depósito tienes 250.000 euros y hay dos titulares, vas a poder recuperar hasta 100.000 euros cada uno, o sea, 200.000€. Si eres de los privilegiados que tiene más, procura tenerlos en bancos distintos y como mucho 100.000€ por titular y cuenta.

Y SI TENGO UNA HIPOTECA ¿YA NO TENGO QUE PAGARLA?

Pues va a ser que no.

Si tienes un préstamo hipotecario con el banco y quiebra, la deuda la asume la nueva entidad que se crea. Eso sí, te tienen que mantener las condiciones, ya que las has firmado ante notario.

Ten en cuenta que es complicado que quiebre un banco, porque si no tiene suficientes fondos para afrontar sus obligaciones lo que hace es presentar un concurso de acreedores, y si llega a un entendimiento con las entidades que le han prestado, las aguas vuelven a su cauce. O si otro banco lo compra, como el Santander con el Banco Popular, o lo rescata el estado, lo mismo. Si no es así, se produce la liquidación ordenada y otros bancos compran partes de la entidad y se quedarán con tu hipoteca.

Resumiendo, que vas a seguir pagando, sí o sí, hasta la última cuota.

¿Y MIS ACCIONES Y MIS FONDOS?

Hay que distinguir: las inversiones en cuentas de valores, las acciones, están cubiertas por el FGD con otros 100.000 € por titular y cuenta. Pero no te garantiza las pérdidas que hayan podido tener las acciones.

Otra cosa son los fondos de inversión. Si gestora de nuestro fondo entra en concurso y no puede reembolsarnos nuestra inversión, entra en juego el Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN), que indemniza a los inversores cuando una sociedad o agencia de valores se declara insolvente. El FOGAIN indemniza hasta 100.000 por cliente, con dos condiciones:

Que la sociedad se declare en concurso de acreedores

Que la CNMV declare que la sociedad no reúne las condiciones financieras para restituir la inversión a sus clientes en un plazo máximo de 21 días.

Lógicamente el FOGAIN tampoco cubre las pérdidas si las inversiones de ese fondo han bajado de valor.