martes, 2 de octubre de 2018

Ventajas de un préstamo familiar. Sentencia del TS, Plusvalía Municipal.

NUEVO CURSO PARA EL PROGRAMA FINANZAS PARA TODOS

RETOMAMOS UN PROGRAMA QUE YA ES UN VETERANO EN CADENA DIAL VILLACARRILLO: FINANZAS PARA TODOS
Ya pasamos los 3 años y vamos para los 4. Parece mentira que un tema tan específico, como las finanzas personales, haya dado para más de 100 programas. Entremedias, más de 200 consultas por correo electrónico o personalmente.
Y esas consultas hacia una persona que, como yo, va poco más allá de una cierta capacidad de divulgación y de documentación.

¿QUÉ NOS VAMOS A ENCONTRAR ESTE AÑO?
Si el programa ha funcionado no vamos a hacer revoluciones. Consejos profesionales de cómo invertir nuestros ahorros. Divulgación sobre conceptos financieros, que ayuden a tomar mejores decisiones. Actualidad e información sobre la declaración de la renta, novedades legislativas que afecten a nuestro dinero, sobre la situación de depósitos, préstamos, fondos de inversión. Trámites con los bancos.
En fin, todo cuanto afecte a nuestro bolsillo, aderezado por algunas curiosidades de este mundo financiero.

PRÉSTAMO FAMILIAR


PARA EMPEZAR, TRAES COMO SACARLE VENTAJA A UN PRÉSTAMO FAMILIAR
Este verano han sido tres familias las que me han hecho preguntas sobre esto. Lo que significa que hay interés práctico.
Para ponernos en situación. Es muy frecuente que en una familia los padres den dinero a su hijo o su hija para comprarse un piso, para pagar la boda, para un coche. Quien dice tus padres, dice tu hermano para montar un negocio.
Ese dinero, se devuelva o no, te va a suponer un problema con Hacienda sí o sí. Puede que Hacienda no se entere, pero si lo hace, y cada vez tiene más medios para enterarse, entiende que se trata de una donación y que tienes que pagar los impuestos correspondientes. Puedes evitarlo fácil y legalmente.

¿Y CÓMO TE EVITAS ESOS PROBLEMAS?
Es muy sencillo: formaliza el préstamo en una escritura pública. Te ahorra un montón de problemas. Es gratis y no hace falta notario. Te explico:
1º: Tenéis que firmar un contrato privado, con los datos de quien da y quien recibe: cantidad, la finalidad, plazos y forma para devolverlo, con o sin intereses.
Quien quiera un modelo que me lo pida a través de mi web www.sebastianmunuera.com
2º: Con tres copias del contrato, acude a la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma, en Villacarrillo en el Registro. Lo presentas y rellenas un modelo 600 (ITP), con los datos del préstamo. Y añades, para que te salga gratis, “exento por el artículo 45.1.B 15 del RDL 1/93”. Te lo sellan y te llevas tu copia.
3º: Para demostrar que se entrega el dinero, no lo hagas en efectivo, haz una transferencia indicando en el concepto que es un préstamo familiar y la finalidad.
4º: Las devoluciones, que te las hagan mensualmente por transferencias, durante el plazo que indica el contrato, indicando “devolución de préstamo familiar”. 
Y ya tienes inmunidad ante Hacienda: legal y gratis.
Dos consejos: guarda los recibos de todas las transferencias, no los tires. No tienes que declarar nada en la renta, salvo cuando el préstamo sea con intereses, en ese caso, incluye como ingresos sólo los intereses.

LUEGO ESTARÁ LA PICARESCA Y ESOS PAGOS MENSUALES LOS PADRES SE LOS VUELVEN A DAR A SUS HIJOS, YA SIN PELIGRO POR SER CANTIDADES PEQUEÑAS  
Evidentemente yo ni voy a entrar ahí, en lo que cada cual haga con los 100, 300 o 500 € de devolución mensual. Hemos explicado el mecanismo legal y aquí no voy a aconsejar ninguna picaresca.

 SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO: PLUSVALÍA MUNICIPAL

EL TRIBUNAL SUPREMO HA DICTADO SENTENCIA CON LA PLUSVALÍA MUNICIPAL EN CASO DE PÉRDIDAS, Y QUE PUEDE SUPONER VARIOS MILES DE EUROS A CADA AFECTADO
Sentencia del Tribunal Supremo: si has vendido un inmueble, un piso, un solar, y has tenido pérdidas, reclama la plusvalía municipal. Son varios miles de euros.

EN QUÉ CONSISTE
La plusvalía (IVTNU) es un impuesto que pagas al Ayuntamiento cuando vendes una casa o un piso o un solar. Y también pagas si la casa te llega por una herencia. El ayuntamiento hace el cálculo: al valor catastral del suelo le aplica un porcentaje según el número de años que haya permanecido en poder de quien lo transmite.
En realidad no pagas por lo que le has ganado a la casa, pagas según una tabla. Es decir, ganes mucho, ganes poco o pierdas con la venta, pagas lo mismo.
Ahora el Tribunal Supremo dictamina que si la casa se vende por menos de lo que lo que te costó, no ha habido ganancia, no ha habido plusvalía y no se puede gravar un dinero que no has ganado. Y esas pérdidas se han dado mucho con la crisis.
Hasta ahora el Ayuntamiento te cobra el impuesto ganes o pierdas. Y el Tribunal Supremo dice que no es legal.
Desde luego aquí el ayuntamiento de Villacarrillo, y otros, se está haciendo el loco, y sigue cobrando lo que no es legal, según el Tribunal Supremo.

¿DE QUÉ CANTIDADES ESTAMOS HABLANDO?
Depende del valor del inmueble y de los años que lleve en propiedad de la persona que lo transmite, pero tranquilamente pueden ser 3.000 €, y llegar a los 20.000 €. Además, es el propietario el que debe demostrar que efectivamente ha tenido pérdidas en la venta. Lo más normal es con las escrituras públicas.

SI YO HE PERDIDO DINERO EN LA VENTA, O MI HERENCIA VALE MENOS QUE CUANDO LA COMPRÓ MI PADRE, ¿QUÉ HAGO?
El proceso de reclamación no es simple. Necesitas presentar una rectificación de la liquidación, hacer alegaciones, presentar recursos, documentación.
Es recomendable que te acerques a tu gestoría, a tu asesor fiscal o a tu abogado. Que no los tienes o no quieres, puedes acudir a la OCU, que tiene una asesoría jurídica, o si tienes una asistencia jurídica como la de Legálitas, pues eso. Incluso aquí una recomendación: tenemos seguros del hogar que en ocasiones incluyen asesoría jurídica, y que puede ser muy útil para todos estos casos.
Y vuelvo a decirlo, pregunta cuánto te cobran y cuanto puedes recuperar. Tienes que echar cuentas para saber si te merece la pena acudir a un pleito. A veces se te va lo comido por lo servido. 
Es una pena que los ayuntamientos no hayan arbitrado un procedimiento para que al propietario no pague lo que no debe pagar, lo que es ilegal pagar.

Curiosidad de la semana: EL ANUNCIO DE IKER CASILLAS

Iker Casillas en un anuncio de TV de un bufete de abogados, para captar clientes para litigios con las cláusulas hipotecarias con los bancos, como puede ser tu caso. 
Yo soy muy crítico con estas apariciones de famosos, por varios motivos.
1. Iker Casillas no es un afectado de los préstamos hipotecarios.
2. Iker Casillas no tiene ni idea de como se lleva un litigio hipotecario.
3. Iker Casillas no es socio de este bufete de abogados.
4. Iker Casillas se limita poner la cara y llevarse el dinero.
La única función de Iker Casillas en el anuncio es de señuelo. En los anuncios donde aparecen famosos sobre cuestiones financieras, no te fíes, el famoso tiene menos idea que tú. Si alguien necesita colocar a un famoso para venderte un producto, desconfía.

martes, 26 de junio de 2018

Mejores depósitos, junio 2018. Fondo recomendado: Metavalor Global. ¿Interesa que me retengan más?. Sacar dinero en el supermercado.


(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 26 de junio de 2018)

MEJORES DEPÓSITOS A PLAZO FIJO. JUNIO 2018

NOS DESPEDIMOS DEL CURSO, CON UN CLÁSICO: LOS MEJORES DEPÓSITOS A PLAZO FIJO PARA JUNIO DE 2018
Las preguntas sobre el depósito a plazo fijo que da más intereses, son de lejos las más frecuentes. Y como los bancos modifican con mucha frecuencia esta oferta, cada cierto tiempo actualizamos esta información.
Hoy, los mejores depósitos a plazo fijo en junio de 2018. Si domiciliar nómina, ni recibos, ni contratar planes de pensiones o seguros o fondos.
Como siempre nos centramos en los depósitos a 1 año.

De los bancos llamemos “usuales”: Con un 0,4% Bankinter y Openbank.
Para dar una referencia global, la media de rentabilidad está en el 0,11%. Todas rentabilidades muy deficientes. Y considerando que la inflación, o sea el IPC, ha subido un 2% interanual, en todos estos depósitos, hasta en el mejor, estamos perdiendo dinero.
Si quieres que la inflación no se siga comiendo tus ahorros, espabila y cambia la estrategia. Cambia de ahorrador a inversor. Asume un riesgo moderado con la perspectiva de obtener rentabilidades positivas que hagan crecer tus ahorros.
Los enlaces a las webs de los bancos del cuadro:

FONDO RECOMENDADO: METAVALOR GLOBAL

YA PUESTOS, UNA PISTA DE DÓNDE INVERTIR NUESTROS AHORROS CON MEJORES PERSPECTIVAS
Cuesta trabajo salir de nuestra zona de confort, que es el depósito a plazo fijo, y buscar otras alternativas. Cuesta trabajo, pero para no seguir perdiendo dinero hay que mojarse, hay que cambiar. Y ya tenemos claro que con los depósitos a plazo fijo, perdemos dinero.
No tenemos formación para invertir por nuestra cuenta de forma diversificada y necesitamos productos sencillos, rentables, con pocos gastos, y con buen tratamiento fiscal.
La recomendación:
o Un fondo de inversión, porque puedo elegir el que mejor se adapte a mi perfil, tiene gestores profesionales y ventajas fiscales  a hora de la renta.
o Que sea mixto, una parte de renta fija, para evitar vaivenes y otra de renta variable, que pueda recoger unos beneficios más jugosos que los depósitos.
o Que sea moderado en su exposición: que la parte de renta variable esté limitada a menos de ½  del fondo, para prever su posible evolución negativa.
o Que tenga una buena trayectoria histórica, con lo que nos garantizamos unos buenos gestores.
Todos los bancos tienen productos propios con estas características, si vas a tu banco te van a ofrecer alguno. Problema: algunos de ellos suelen cobrar comisiones poco justificadas y su gestión no siempre es la adecuada.

RECOMENDACIÓN CONCRETA: EL FONDO ELEGIDO 
Con todas las reservas. Sin conocer el perfil de cada una de las personas que escucha esta recomendación voy a definirme. Y por supuesto mi recomendación está basada en algunas publicaciones especializadas, concretamente el área financiera de la OCU, apoyada por la calificación de uno de los portales financieros de más prestigio, Morningstar.
Se trata del fondo Metavalor Global.
Cumple todas estas condiciones, mixto moderado, con una cartera muy diversificada, que atenúa las oscilaciones, con una buena gestión, bajas comisiones, 4 estrellas en el portal financiero internacional Morinigstar, primera recomendación del portal financiero de la OCU y un histórico de resultados muy consistente: rentabilidad anual de los últimos 10 años, un 7% anual.
Este año 2018, lleva una rentabilidad del 2,75%.
Aunque tiene que quedar claro que las rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futura, y aunque moderado, tiene un cierto riesgo.

¿Y DÓNDE HAY QUE IR PARA CONTRATAR ESE FONDO?
También en un banco por internet: en este enlace SelfBank.
Es absolutamente seguro. La apertura de una cuenta es gratuita y si contratas el fondo y eres socio de la OCU te devuelve varios cientos de euros al año, de comisiones que no te cobran.

Consulta de la semana: en mi nómina la empresa me retiene muy poco ¿me interesa que me retenga más para luego pagar menos impuestos?

A efectos de los impuestos que vas a pagar a Hacienda, te da exactamente igual que en tu nómina te retengan más o te retengan menos. Tú pagas a Hacienda una cantidad por el total de tus ingresos brutos.
Cuando haces las cuentas totales del año en la declaración de la renta, te sale esa cantidad que tienes que pagar, la cuota.
o Si te han retenido poco, tienes que pagar la diferencia.
o Si te han retenido mucho, tienes que pagar menos, o incluso te devuelven si te han retenido de más.

ENTONCES, ¿ES EXACTAMENTE  IGUAL?
Para lo que tienes que pagar sí, pero está lo que llamo el efecto psicológico.
· Si te retienen mucho, cada mes tienes menos dinero para gastar, pero cuando llega la declaración te pueden dar una alegría devolviéndote una cantidad jugosa.
· Y al contrario, cuando te retienen poco, cada mes tienes más dinero para disponer de él, pero cuando llega la declaración te pueden pegar el palo.
Cada cual tendrá una preferencia. Sólo decir que las retenciones tienen unos mínimos marcados por la ley, pero que el trabajador puede pedir que se los suban, por lo que hablábamos del efecto psicológico.

Curiosidad de la semana: sacar dinero en un supermercado

Aunque parezca una broma. Ya se puede sacar dinero en un supermercado, como si fuese un cajero automático.
Nos ponemos en situación,  estás en el supermercado, tienes prisa, no llevas un euro, sacas tu tarjeta de crédito para pagar, pero necesitas algo de efectivo. Pues ya puedes utilizar la caja del supermercado como si fuese un cajero, pedir dinero a cargo de tu cuenta corriente.
Tiene un nombre, por supuesto inglés, cashback. La cajera te pregunta si quieres dinero y te lo apunta como una compra más, para luego pagarlo a fin de mes o en las condiciones que te lo ponga tu banco.
Y además esto se va a generalizar no sólo a supermercados, también a gasolineras, pubs y restaurantes.
Otra cosa serán las condiciones. Pueden que te para darte dinero te exijan un gasto mínimo, porque no suelen cobrar comisiones. Pero ahí estás tú, ya con algunos conocimientos financieros para decidir si te conviene.
Que yo sepa, ahora se puede hacer en los supermercados Día, con tarjetas del banco ING Direct, y con una aplicación del móvil , con sus calves y demás opciones de seguridad.
Quién lo iba a decir, ir al supermercado y que te den dinero. ¡Si se lo cuento a mi padre!

martes, 19 de junio de 2018

Devolver un recibo. Crédito y préstamo. Valores del Tesoro. 2 pagadores en la renta


(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 19 de junio de 2018)

CONSULTAS VARIAS

Desde el inicio del programa, hace 3 años, en cada programa respondo a alguna pregunta que me envían los oyentes y los lectores en mi web, incluso por Facebook. Hasta ahora venía respondiendo una a la semana. Pero a este paso se me acumulan y se quedan muchas interesantes en el tintero. Hoy el espacio lo vamos a dedicar a dar respuesta a alguna de esas consultas.

PRIMERA CONSULTA: "ME PASAN UN RECIBO DEL BANCO CON EL QUE NO ESTOY DE ACUERDO, ¿PUEDO DEVOLVERLO?"
No hay que decir que hoy en día todo el mundo tiene domiciliados sus recibos en el banco. Ya son muy pocos los que hacen cola en el banco para pagar un recibo. Aunque algunos quedan. Es un servicio bancario muy cómodo.
Pero seguro que alguna vez te ha llegado un recibo al banco de un servicio al que no estás contratado, o por una cantidad que no es la que tiene que ser o porque simplemente quieres darte de baja en Canal+.
Si no quieres pagar el recibo, puedes devolverlo. Y el banco te vuelve a ingresar ese dinero en tu cuenta. Incluso puedes ordenar al banco que no pague más recibos de esa empresa o ese servicio.
Plazo máximo para devolverlo, esta vez es generoso, 8 semanas.
Ahora que si el recibo es del propio banco, como por ejemplo la cuota del préstamo, no se puede devolver

¿EL RECIBO LO DEVUELVO Y YA NO TENGO PROBLEMAS?
Si quieres una respuesta sincera, va ser que si puedes tener problemas.
Si la empresa demuestra que te ha dado el servicio, puede verte en un registro de morosos, y a la hora de ciertas operaciones te encontrarás con problemas.
Además seguro que muchos de los que me escuchan han tenido una situación como la siguiente: te hacen una superoferta en internet y móvil y la contratas, pero luego ves que no es lo que esperabas o encuentras una superoferta mejor. Amigo, lo que fueron facilidades para darte de alta, ahora no son más que trabas. Literalmente te torean. Y muchos, por no molestarnos en cumplir los requisitos para la baja, devolvemos sin más los recibos. Y aquí te han pillado, te envían una carta exigiéndote el pago y vas directo al registro de morosos y a la reclamación de la deuda. Por eso, en este caso, que es muy frecuente, a mí me ha pasado, conviene pasar por el aro y enviar un burofax para dar de baja el servicio que no se va a utilizar .

CONSULTA: "CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN CRÉDITO Y UN PRÉSTAMO"
A la mayoría les parecen iguales, pero lo cierto es que no es así.
Un préstamo lo tenemos claro. El banco, o un prestamista, te entrega al principio de la operación una cantidad de dinero, con la obligación de devolverlo, se llama amortizarlo, en un plazo determinado y con sus intereses. Cada mes, o cada año, tú pagas unas cuotas. Pero desde el principio sabes cuánto tiempo te va a durar el préstamo.
Pero un crédito es distinto. Un banco pone a tu disposición una cantidad de dinero. Pero tú no lo coges todo, sino que lo vas cogiendo según lo necesites. Puedes coger una parte o cogerlo todo. Y no tienes que cogerlo todo a la vez. Y aunque no lo parezca, esto lo hacemos todos. Se llama tarjeta de crédito. La vas usando según tus necesidades con un límite. Y a final de mes te dan la opción de pagarlo en el acto o de devolverlo en cómodas cuotas, por supuesto con unos intereses. Además los créditos se pueden renovar, como la tarjeta de crédito, que después de devolver lo gastado puedes volver a disponer del dinero. Una cosa más, los intereses de los créditos son mucho más altos que los de los préstamos. Pero sólo pagas por la cantidad usada. No todos los créditos son a través de tarjeta, que además suele tener un límite de mil y pico euros. Si necesitas más dinero, el banco te puede abrir una línea de crédito, por supuesto con unas condiciones.

CONSULTA: "HACE AÑOS ERA MUY RENTABLE Y SEGURO INVERTIR EN BONOS Y OBLIGACIONES DEL TESORO, ¿CÓMO ESTÁ AHORA ESA INVERSIÓN?"
La deuda pública, letras, bonos y obligaciones del Tesoro, los emite el Estado para financiarse, y lo puede hacer a 1 año, a 5 años o a 10 años.
Es la inversión más segura que se puede encontrar, porque tiene detrás al Estado, que da más garantías que cualquier banco.
Además, se pueden vender en cualquier momento, eso sí, puede que con ganancias o con pérdidas. Pero si los mantienes hasta el final, recibes el 100% de tu inversión más los intereses.
Otra cosa es la rentabilidad. En la última subasta de mayo, los bonos a 5 años daban un interés del 0,44% anual y las obligaciones a 10 años un 1,37%. A 5 y 10 años.
Es evidente que su rentabilidad se encuentra baja. Y como las perspectivas de los tipos de interés es que suban, ahora no traen cuenta.
Si alguien está pensando en esa inversión, lo mejor que puede hacer es esperar sobre un año a que mejoren los intereses que ofrecen. 

CONSULTA: "ESTOY HECHO UN LÍO, TENGO DOS PAGADORES Y NO SE SI TENGO QUE HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA"
Esta consulta se me ha ido de tiempo, porque ya estamos en el límite del plazo de la declaración de la renta. Pero puede ser útil para prevenirse de cara a la declaración del año que viene.
Es muy frecuente que una persona reciba un sueldo de dos empresas. Y, para entendernos, si estás trabajando y te quedas en paro, ya tienes dos pagadores, la empresa y la Seguridad Social. Y ojo a otra situación común, si tu empresa cambia de CIF, aunque todo siga igual, tienes dos pagadores a todos los efectos.
Y un error en el que solemos caer: por tener dos, o cinco, pagadores no pagamos más impuestos, ni menos. Los impuestos sólo dependen del montante global.
Ahora, si que tiene consecuencias en la declaración de la renta. Si sólo tienes un pagador, estás obligado a declarar por encima de los 22.000€. Si cobras menos puedes hacer la declaración o no hacerla, según te convenga.
Pero si tienes 2 pagadores, el límite para estar obligado a la declaración baja a los 12.000€, siempre que hayas cobrado por lo menos 1.500€ de cada uno.
Y si alguien se pregunta el motivo de esta discriminación, es muy sencillo, normalmente un segundo pagador nos suele retener muy poco, y es casi seguro que la declaración nos salga a pagar, y Hacienda no quiere que te escapes.

CONSULTA: "A EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA, ¿PORQUÉ TRAE MÁS CUENTA UN FONDO DE INVERSIÓN QUE UN DEPÓSITO A PLAZO FIJO?"
Es muy sencillo. En un depósito a plazo fijo, cada año el banco te da unos intereses, y esos intereses tú tienes que incluirlos en la declaración de la renta. Te convenga o no te convenga. Y por esos intereses pagas impuestos.
Pero en un fondo de inversión tú decides cuando lo vendes y cuando lo tienes que declarar en la renta. Y eliges cuando más te conviene, por ejemplo, un año que tienes menos ingresos porque vas a pagar menos impuestos, o un año que has tenido algunas pérdidas, por ejemplo al vender acciones, y puedes compensar las ganancias con esas pérdidas, ahorrándote un buen dinero en la declaración de la renta.
Y si el fondo no te va bien, y no te interesa venderlo, puedes traspasarlo a otro que si te interese sin pagar un euro de impuestos.
Eso no lo puedes hacer con un depósito a plazo fijo; si quieres cambiarte, vas a tener que incluirlo en la declaración de la renta sí o sí.

Después de esta batería de consultas, agradecer el interés que me muestran los oyentes, y decir que siguen teniendo el canal de internet para hacer consultas. Incluso por el privado de facebook como hacen algunos.

martes, 12 de junio de 2018

Soy viuda, si vuelvo a casarme ¿pierdo mi pensión de viudedad? Microcréditos

(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 12 de junio de 2018)

Consulta de la semana:
Soy viuda, si vuelvo a casarme ¿pierdo mi pensión de viudedad?


   Hoy cambiamos el orden de programa y empezamos por la consulta de la semana. Me ha parecido muy curiosa, además muy interesante. Y la pregunta no me ha llegado por internet, como la mayoría, sino que me la han planteado personalmente.
   Es frecuente que una persona viuda quiera volver a emparejarse, y muchos simplemente se juntan porque piensan que si se casan les van a quitar la pensión de viudedad. Y no está los tiempos, y menos para los pensionistas, para dejar de percibir un dinero que, aunque limitado, sí que es muy necesario.
   Respondiendo a la pregunta sobre si tienes una pensión de viudedad y vuelves a casarte ¿te quitan esa pensión? En unos casos sí, pero en otros casos te quedas con ella. Y en esta comarca es muy frecuente que te puedas volver a casar y mantener la pensión de viudedad. Condiciones para mantenerla:
  1º. Que seas viudo o viuda con más de 61 años. También si tienes menos de 61, pero con una discapacidad superior al 65%.
  2º. Que esa pensión sea al principal fuente de ingresos del viudo o viuda. Y eso se entiende cuando es más del 75% de los ingresos totales del viudo.
  3º Que los ingresos sumados de la nueva pareja no superen 2 veces el SMI. Traducido para 2018: que entre los dos ingresen menos de 20.605€ al año.
  Con un ejemplo lo vemos mejor: una viuda de 65 años que cobra la pensión de viudedad de 500€ al mes, y además ingresa 100 € al mes de unos ahorros en el banco, se vuelve a casar con una pareja que tiene su pensión de jubilación de 700€ al mes. Vamos a hacer cuentas, a ver si cumple las condiciones:
- Es mayor de 61 años
- Cobra al mes los 500 de la pensión y los 100 de los ahorros, total 600€, y su 75% son 450€. Los 500€ de la pensión son más del 75%.
- Juntos cobran 1.300€ al mes, que en 14 pagas son 18.200€ al año.
  Cumplen todos los requisitos, así es que si se casan la viuda mantiene su pensión.

EN RESUMEN, QUE HAY QUE ECHAR CUENTAS ANTES DE DAR EL PASO
De cualquier forma. Para quien esté en esta tesitura, un buen consejo es acudir a la oficina de la seguridad social y plantear la consulta con sus datos.
Y si no es a la Seguridad Social, a una gestoría o a un abogado.
Sólo añadir un detalle, que se me ha pasado. Las mismas condiciones tienes si te vuelves a casar o si formas una pareja de hecho.

MICROCRÉDITOS GRATUITOS

SITUACIÓN FRECUENTE: NECESITAS UN POCO DE DINERO URGENTE Y TE OFRECEN  YA UN MICROCRÉDITO DE 500 € SIN INTERESES Y SIN NINGÚN REQUISITO CON 30 DÍAS PARA DEVOLVERLO ¿CÓMO TE SUENA?
  ¿500 €, inmediatamente, sin intereses, sin avales, sin nada a cambio y con 30 días para devolverlo?
  En estos último años hay muchas familias que apenas llegan a final de mes, y según las encuestas la tercera parte ha pasado alguna situación de apuros. Y puede que no sean cantidades importantes, pero que nos llega algún recibo o algún gasto al que no podemos hacer frente.
  Si estás en una situación delicada, es tentador, y de hecho son mucho los que caen. Pero hoy aquí soy contundente: no lo hagas. 
   Las empresas que hacen estas ofertas proliferan como las setas, te ofrecen pequeños créditos de hasta 600€, a devolver en plazo muy cortos, incluso algunas como Vivus, Dineo o Wonga, ofrecen el primer crédito gratuito, o con una pequeña comisión. el objetivo enganchar con ese señuelo a nuevos clientes... que luego lo van a pagar caro.

¿Y CUÁL ES EL PELIGRO?
  De entrada, si llega el vencimiento, es decir, pasados esos 30 días, no puedes devolver el dinero, te empezarán a aplicar unos intereses de demora muy elevados, hasta más del 1,5% diario.
  Para un préstamo de 300 euros, 20 días de retraso suponen una penalización de 150 euros. En 20 días.
  Ahora, suponte que si devuelves el primer préstamo, pero no nos engañemos, si pasas una situación delicada es probable que sigas teniendo problemas y pides uno nuevo. Ya te tocará pagar unos intereses desorbitados, con una TAE que en muchos casos superan el 3.000%. En la práctica, esto se traduce en pagar, por un préstamo de 500 euros, unos 170 euros de intereses en un mes.

ENTONCES, ESTA CLARO QUE NO HAY QUE ACUDIR A ESTOS PRÉSTAMOS
  Si necesitas dinero, no caigas en la tentación. Pedir uno de estos créditos agravará más el problema, ya que en caso de impago los costes se disparan. Te van a cargar comisiones por reclamación de posiciones deudoras e intereses adicionales y la deuda va aumentar rápidamente. Te van a incluir en el registro de morosos. Y hasta puede que vendan tu deuda a una empresa de recobros, muchas de las cuales utilizan prácticas en los límites de la legalidad... o incluso puedes acabar en los tribunales de justicia.

ES FÁCIL DAR CONSEJOS, PERO EN ESA SITUACIÓN DE APURO ¿QUÉ HAGO?
  Llevas razón, dar consejos es gratis, y quien tiene el problema no dispone de muchas alternativas.
  También es cierto que en esa tesitura uno se bloquea y si se le ofrece alguna opción para considerar, puede, y sólo puede, que le sea útil.
  Primero, pedir un préstamo a un amigo o a un familiar. Es la mejor solución, la más segura y la más económica. Pero no siempre es posible.
  Segundo. Pedir a la empresa un anticipo. Yo, que he estado muchos años en el Ayuntamiento he comprobado que muchos trabajadores ejercían esa opción. Y desconozco si se hace ahora, pero antes se ofrecía sistemáticamente.
  Tercero, echar mano de la tarjeta de crédito. En algunos casos es suficiente con efectuar el pago a primeros de mes siguiente, sin coste. También puedes fraccionar el pago en varios meses, pero ten en cuenta que el coste en intereses puede ser del 20%. Algunas tarjetas ofrecen la opción de traspasar dinero de tu tarjeta a tu cuenta. Aquí infórmate, porque en algunos casos es gratis, y en otros hay una comisión hasta del 5%. Eso sí, tienes que devolver el dinero a final de mes.
  Cuarta opción: un préstamo personal al banco.  Aquí hay buenas ofertas de algunos bancos y otras menos ventajosas. Por eso tienes que preguntar y comprobar si las comisiones, las condiciones y los plazos te convienen.
  Quinto, un préstamo a una entidad de dinero rápido, como Cofidís o Cetelen. No son lo mismo que los de los microcréditos, pero mejor no lo hagas. Son caras, la más favorable tiene un 17% de intereses, y a veces te obligan a contratar un seguro de pago. Aunque es cierto que en situaciones extremas son una opción.
  Y luego hay otras opciones como empeñar el coche. No entres en esto, porque acabas perdiendo el coche

EN RESUMEN, ¿CUÁL ES EL CONSEJO?
  Si te ofrecen dinero “sin complicaciones” no caigas en la trampa. Aquí no hay gangas, y si una lo parece, tiene muchas posibilidades de ser un camelo.
  Sobre todo mira el tipo de interés. Pero no el interés nominal, sino la TAE, lo que te cobran al cabo de un año. Hay ofertas del 3%, que luego resulta que son en un mes, pero que te disparan el coste, porque acaban en un 40% en un año. La TAE debe venir en todas las ofertas, aunque a veces es en letra pequeña. Pues no seas tonto y mira por tus intereses.
  Y un argumento de lógica contundente, no excedas tu capacidad de endeudamiento, no pidas más de lo que puedes devolver. Porque si lo haces, vas a entrar en una espiral que te va a dejar seco, sin un euro y con problemas de todo tipo.