martes, 1 de marzo de 2016

Préstamo familiar - Poder Notarial


(contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo el 1 de marzo de 2016)

PRÉSTAMO ENTRE FAMILIARES

UNA SITUACIÓN MUY FRECUENTE: UN FAMILIAR ME PRESTA DINERO
Es muy frecuente que entre las familias se preste dinero: tu padre te presta para hacerte la casa, o para comprar un coche, tu hermano te presta para salir de un aprieto o para montar un negocio. Estos préstamos que a menudo hacemos alegremente, pueden traer consecuencias. La administración puede detectarlos (y te aseguro que puede) y considerar que es una donación, por la que te va a exigir responsabilidades, o puede que te envíen una paralela por no incluirlo en la declaración de la renta. A Rodrigo Rato no lo cogerán, pero a ti fijo.
Lo legal: declararlo y evitarte problemas. No vamos a hablar de las donaciones que es un tema más complejo. Vamos a hablar de los préstamos que devuelves.
PERO ¿CÓMO TE EVITAS PROBLEMAS?
Es muy recomendable formalizar el préstamo en una escritura pública. Y para que no tengas que pagar por el notario y te salga gratis, tenéis que firmar un contrato privado y sellarlo en el registro de la propiedad. En este enlace tienes un modelo. 
Como el préstamo es entre particulares está exento del impuesto de transmisiones, pero si es obligatorio presentar la declaración del impuesto, aunque pagues 0€. Es un modelo 600 con la mención “préstamo exento en el ITP artículo 45.1.B 15 del RDL 1/93”. El funcionario nos devuelve selladas las copias y no nos cuesta un duro. Y tenemos la prueba de la existencia del préstamo. Inmunidad ante posibles sanciones.
Si el préstamo es con intereses, y si no hay prueba en contrario Hacienda presume que lo es, el que presta tiene que incluir los intereses, y sólo los intereses, en su declaración de la renta como ingresos del capital mobiliario, sin retención. Si el préstamo es sin intereses, hay que tener las pruebas. Lo más razonable, que el contrato privado especifique cómo se devuelve el dinero, por ejemplo: 5 años y mensualmente 200 €. Hazlo con transferencias del banco y guarda todos los recibos. Así tendrás todas las pruebas para certificar con Hacienda
Si el préstamo te lo hace un amigo o tu novia: exactamente igual. Y cuidado con las donaciones encubiertas.
PODERES NOTARIALES

AUTORIZACIÓN A OTRA PERSONA PARA ACTUAR EN NUESTRO NOMBRE
Es frecuente que tengamos la necesidad de autorizar a otra persona para hacer gestiones en nuestro nombre: recoger un paquete de correos, asistir a una asamblea de la cooperativa, recoger a un niño de un colegio. Esto se resuelve con una simple nota o la presentación del DNI. 
Pero en la vida surgen situaciones bastantes más complicadas: las menos preocupantes, que un hermano se te vaya a Suecia a trabajar y tu tengas que gestionarle la declaración de la renta o la venta de unas olivas, o presentarte a un juicio en su nombre. Las más complicadas y las más tristes: que tengas que prevenir que tu madre vaya a perder el juicio y necesites poder manejar sus cuentas, sus olivas, su vida. Es triste y frustrante, pero hay que hacerle frente. Necesitas un poder para poder actuar en su nombre. No voy a entrar en cuestiones familiares sobre quién debe ser el apoderado. Ni siquiera me voy a permitir una broma. Por experiencia sé que ese paso es un tremendo golpe emocional.
Para obtener esa capacidad es necesario acudir a un notario a formalizar el “poder” en un documento. Te va a costar un dinero, pero te va a ahorrar una enorme cantidad de problemas y le va a facilitar la vida a la persona a la que sustituyes. El poder va a durar hasta que la persona sustituida lo revoque o a hasta su muerte.
¿QUÉ SE PUEDE DELGAR EN OTRA PERSONA?
El poder puede ser desde una simple firma de un contrato de telefonía, hasta poder para vender o comprar olivas o casas, ir a juicio, presentar la declaración de la renta, sacar dinero del banco. Hay gestiones imposibles por otra persona: votar, dejar testamento, ir a la cárcel.., la noche de bodas. Estos son personales e intransferibles.
¿ES SÓLO PARA PERSONAS INCAPACITADAS?
Ya lo he dicho, puede tratarse de un simple poder para representarte en un juicio. Hay un poder que ahora se usa poco, pero en los años de la emigración, se otorgaba un poder notarial a un pariente o un amigo para casarse en la distancia. Imagina alguien en Sudamérica que no podía venir a la boda. Triste, pero real. Sobre esto recuerdo un chiste: “dos personas hablando, uno le dice al otro: pues un amigo mío se casó por un poder. A lo que el otro le contesta: te entiendo, pues otro amigo mío se divorció por “no poder”.
DISTINTOS TIPO DE “PODER NOTARIAL”
Concretamente hay 5 tipos:
1.     PODER GENERAL: el apoderado puede hacerlo todo. Hay que tener mucho cuidado con él porque es casi absoluto. Cuesta entre 100 y 150 €.
2.    PODER PARA ADMINISTRAR BIENES: permite gestionar el patrimonio, pero sin venderlo ni gravarlo. Su coste depende del alcance.
3.    PODER PARA PLEITOS: se faculta a un abogado o un procurador para acudir a un procedimiento judicial. Pude salir por 30 o 40 €.
4.     PODERES ESPCIALES PARA UN ACTO CONCRETO: para acudir a aceptar una herencia, para casarte en nombre de otro. Esto son 50 o 60 €.
5.    PODERES PREVENTIVOS: cuando esperas una incapacitación judicial, nombras un tutor para administrar bienes o poder ingresarlo en una residencia. Unos 100 €.
A menudo este proceso es tan doloroso como necesario. Y una última nota: el poder lo puede revocar la persona que lo otorga en cualquier momento.

Curiosidad de la semana: el primer banco de Villacarrillo

La semana pasada hablaba de que el primer banco en España fue el Banco de San Carlos, en 1782.
Hoy toca Villacarrillo. Y voy a reproducir los datos que Ramón Rubiales ya publicó en la revista AHISVI de la Asociación de Amigos de la Historia de Villacarrillo. El primer banco que abrió sede en Villacarrillo fue el Banesto, en 1929. Pero, antes del Banesto ya había banqueros en Villacarrillo, desde 1893, algunos particulares que se dedicaban a esta actividad: José Marco y Cia., Navarrete y Cia., Emilio Mora y Cia., Eulogio Bayo y Cia. Y algunos otros.
Un caso curioso es el de  Luis Climent Villaescusa, banquero, abogado, que llevó la Tabacalera y que además fue alcalde.
Volviendo al Banesto, la primera sede estaba en Ministro Benavides, donde hoy está muebles Lucy, y en los 60 se trasladó a donde todos le conocimos, frente al mercado, donde permaneció hasta su absorción en 1993 por el Banco de España y posteriormente al Santander. 

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Me queda una duda, ¿cómo puedo conseguir un poder si mis padres ya no están bien con la cabeza?

Anónimo dijo...

Saca en un programa como están los prestamos hipotecarios y los préstamos personales.