miércoles, 29 de mayo de 2024

¿SE PUEDE DESHEREDAR A LA PAREJA O A UN HIJO?

  (Contenido del programa en DIEZTV Villacarrillo, del 28 de mayo de 2024) 

LOS CÓNYUGES Y LOS HIJOS SON HEREDEROS OBLIGATORIOS, SEGÚN LA LEY. PERO CADA FAMILIA ES UN MUNDO Y ALGUNOS SE PREGUNTAN SI ES POSIBLE DEJAR TESTAMENTO SIN INCLUIR A LA PAREJA O A UN HIJO

Este mes pasado ya dediqué varios programas sobre herencias, porque es un tema que nos toca en algún momento de nuestra vida al 100% de las personas, unas para heredar y otra para dejar nuestra herencia.

Ya sabemos que una parte de la herencia va, queramos o no, a nuestro viudo o viuda y a nuestros hijos, o en algunos casos a nuestros padres. Pero hemos escuchado que hay casos en los que se puede desheredar a uno de estos familiares y queremos saber si es cierto.

· La respuesta correcta es que si es posible, pero sólo en algunas situaciones graves y demostrables. Eso sí, el proceso es complejo y los casos, que vienen regulados en el Código Civil, son muy poco frecuentes. Y además, ten en cuenta que el cónyuge o el hijo puede recurrir esa desheredación.

VEAMOS ESAS CAUSAS JUSTIFICADAS

· Haber negado alimentos a los hijos o al cónyuge.

· Haber sido condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes.

· Haber maltratado al padre o al cónyuge de obra o injuriado gravemente de palabra (y aquí entraría también el maltrato psicológico)

· Ser condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual.

· Ser condenado por una denuncia falsa contra el testador.

· Obligar a hacer testamento o cambiarlo con amenaza, fraude o violencia.

· Impedir al cónyuge o al padre hacer testamento, revocar el que tuviese hecho, suplantarle, ocultarle o alterar otro posterior.

· En el caso del cónyuge, haber incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales.

Eso sí, los hechos tienen que haber sido denunciados, juzgados y sentenciados por un juez.

Pero hay un caso que la gente pregunta con frecuencia: ¿y si se trata de un hijo que ha abandonado a su padre?

o El mero hecho del abandono no es causa suficiente para desheredar al hijo. Salvo que ese abandono suponga la imposibilidad de sobrevivir económicamente por sus propios medios.

AHORA, PARA DESHEREDAR HAY QUE SEGUIR UN PROCEDIMIENTO

1. Asesórate con un profesional, que esto es un trámite simple.

2. Hay que comprobar los hechos: se necesitan evidencias de las causas para desheredar, como documentos, fotografías, informes policiales, testigos o cualquier otro que te ayude a sostener que la situación es inaceptable.

3. Presentar una denuncia ante los tribunales: es el juez quien debe determinar si las causas para desheredar al cónyuge son legítimas o no.

4. Oficializar la desherencia en el testamento, y una de las cláusulas debe constar que el cónyuge fue desheredado.

Aunque si quieres desheredar a alguien hay un procedimiento la mar de simple, fúndete tus bienes en vida y disfruta de ellos

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