martes, 14 de julio de 2015

Cuando alguien muere ¿quién hereda? (parte II: con testamento)

En el programa de radio, y en este blog, la semana pasada detallaba quién hereda cuando una persona muere sin testamento. Hoy vamos a ver qué ocurre cuando si que hay testamento, y las limitaciones legales que tenemos al hacerlo. Y con este artículo me despido del programa de radio "Finanzas para todos" hasta después del verano.

Hay quien cree que hacer testamento es de mal agüero y que es tentar a la muerte: eso es una tontería. ¡Haz testamento!, la familia se puede ahorrar mucho dinero y disgustos. Por muy joven que seas, vete con tu marido o tu mujer a la notaria.

¿PUEDO DEJAR MI DINERO A QUIEN ME DE LA GANA?
Rotundamente NO.
Hay unos familiares a los que tienes que dejar parte de la herencia quieras o no quieras: tu mujer/marido y tus hijos (si  han fallecido, será a los nietos, padres o abuelos).
Eso sí, puedes disponer de una parte de tus bienes libremente.

¿CÓMO SE REPARTE LA HERENCIA?
Ya vimos el otro día que los bienes de una pareja son de los dos, y que si uno fallece el que sobrevive se queda con la mitad y lo que se reparte es la otra mitad. Puede ocurrir que haya bienes privativos, propiedad sólo de uno.
También vimos que cualquier bien que poseamos, a efectos de heredar, se divide en dos partes: nuda propiedad y usufructo (en una casa: la nuda propiedad es la casa y el usufructo el derecho de usar esa casa).
Esto luego va a tener su importancia, porque no siempre se heredan juntas.

¿CUÁLES SON LAS OPCIONES A LA HORA DE REPARTIR?

Separar el usufructo de la nuda propiedad puede acarrear sus problemas. Imagina que en una familia el hijo hereda la propiedad de una casa y la viuda hereda el usufructo, o sea el uso. Si se quiere vender y no se ponen de acuerdo, no se puede y estás atado durante muchos años.
Esto se puede resolver comprándole el usufructo a la viuda. Hay una fórmula para calcular cuánto vale el usufructo. El hijo le paga esa cantidad a la viuda y recibe el bien en plena porpiedad. Esa fórmula depende de la edad: a menos edad te quedan más años para disfrutarlo y es más caro, y al revés, a más edad más barato.
Y lo mismo que con la casa, con las olivas. 
Aquí en Villacarrillo ha habido gente que ha muerto en la indigencia y luego se ha descubierto que tenían millones de pesetas debajo del colchón. Hubo un caso trágico, hace muchos años, en que incluso la ratas atacaron el cadáver abandonado. 
 Y para compensar, aunque no venga a colación, un chiste: -un moribundo llama a sus tres hijos y les dice: Pedro, a ti te dejo las casas de la calle Carmen, a tí Manolo te dejo las casas de la calle Vandelvira y a tí María las casas de la calle Ministro Benavides. Y un amigo que presencia la escena les dice: no sabía que vuestro padre tenía tantas propiedades. Y le responden: no, si es que era panadero-. 
Una curiosidad legal: se puede hacer testamento escrito a mano. Eso sí, necesita un procedimiento legal de verificación complicado y caro: la adveración.
Otra curiosidad: se puede reconocer a un hijo ilegítimo en el testamento.
Se puede, y es aconsejable, nombrar una persona que reparta la herencia en caso de que los herederos no se pongan de acuerdo: el albacea.
Se puede desheredar a un hijo en casos extremos: cuando ha cometido un delito contra el padre o le haya negado socorro vital, …
HAY ALGUNA FORMA MÁS FRECUENTE QUE OTRA DE HACER TESTAMENTO
En Villacarrillo el testamento más frecuente es el que llamamos “del uno para el otro” (yo añadiría: y a falta de los dos, para los hijos). Esto se llama la cláusula Socini.
Cada cónyuge deja su herencia a los hijos a partes iguales (la nuda propiedad) y a la pareja el usufructo de todos los bienes: uso de la casa, intereses de los depósitos, ….. Así cuando el segundo muera, todo va para los hijos.
Esto tiene un par de problemas: se pagan más impuestos y para cualquier venta hay que ponerse de acuerdo el hijo y el viudo/a. 

Sin ser un entendido, me atrevo a dar unos consejos para este trámite:
1º. El más importante: aunque planifiques el futuro de tu familia, no seas tonto/a y disfruta de tus bienes en vida.
2º. Haz testamento ya, aunque te mueras dentro de 60 años: les vas a evitar muchos problemas a tus herederos y puede que les ahorres mucho dinero. Y tú no quieres que tu dinero se vaya en impuestos y papeles. Hacer un testamento en la Notaría es rápido y barato, y lo vas a poder cambiar cuando quieras.
3º. A la hora de hacer testamento, si es posible, deja los lotes hechos: a tus herederos les vas a ahorrar problemas y sobre todo dinero en impuestos.
4º. Si quieres beneficiar a algún pariente lejano o a otra persona, hazlo en vida: cuando herede lo van a freír a impuestos.
5º. Si eres heredero y ves que hay deudas, acepta el testamento “a beneficio de inventario”, y así sólo responderás de las deudas hasta el límite de la herencia. Es legal y conveniente.

martes, 7 de julio de 2015

Cuando alguien muere ¿quién hereda? (parte I: sin testamento)

Ante todo, agradezco todas las sugerencias y las preguntas que recibo.

El tema de hoy no es un asunto directamente financiero, pero tiene enormes consecuencias en nuestras finanzas. Si una persona muere, ¿Quién hereda y cuál es su parte?

El 100% de las personas va a heredar de sus padres, de sus tíos, de un pariente. Y ojo, porque a lo mejor hereda deudas. Es muy recomendable saber que va a ocurrir con el dinero, la casa, las olivas, cuando muera yo, o mi mujer, o mi padre. No es ningún secreto que los mayores conflictos familiares viene por las herencias. 
Las cuestiones básicas están muy bien definidas por ley, pero no tengo conocimientos para meterme en berenjenales de fiscalidad, donaciones en vida, repartos o papeleos. Para eso búscate ayuda, porque te juegas mucho dinero y acude a la notaria a la gestoría o a un abogado. Sólo voy a ver lo elemental, que cada persona sepa lo más básico de una herencia.

Aquí se utiliza un lenguaje muy técnico. Y hablando de lenguajes enrevesados, me recuerda una anécdota que se cuenta mucho en ambientes jurídicos y que según dicen es un hecho verídico: 
-En un juicio por una puñalada, el juez le pregunto a la víctima, una mujer con poca formación y con un lenguaje muy elemental si le habían dado una puñalada en la reyerta, y la mujer respondió: “mire usted, señor juez, la puñalada me la dieron entre la reyerta y el ombligo”-

Eso sí, es conveniente conocer algunos términos de los que se usan:
1. Morir sin dejar testamento: intestado o ab intestato.
2. Cualquier bien que poseamos, a efectos de heredar, se divide en dos partes: nuda propiedad y usufructoEsto mejor con un ejemplo: en una casa, la nuda propiedad es tener la propiedad de la casa y el usufructo es poder usar esa casa; en un depósito a plazo, la nuda propiedad es el dinero del depósito, y el usufructo los intereses; en unas olivas, la propiedad son las olivas, el usufructo es la cosecha. Esto luego va a tener su importancia, porque no siempre van juntas.
3. Está claro que heredan los parientes, pero ahí se meten  hijos, tíos, primos, yernos, nueras, sobrinos y un largo etcétera. Hay que distinguir si son más próximos o más lejanos y eso se determina con dos conceptos:
Los que son de tu misma sangre: hijos, padres, nietos o hermanos: consanguinidad.
Los que son parientes políticos: suegros, yerno, nuera: afinidad.
Y además hay que distinguir sin son más cercanos o más lejanos: 1º grado, 2º grado, … 

Otra cuestión importante, si se trata de una pareja, hay que tener en cuenta que la mitad de lo que tienen es de cada uno. O sea que lo que se hereda a su muerte es la mitad de las propiedades de la parejaEso sí, puede ocurrir que una persona tenga un bien que sea sólo suyo, por ejemplo el piso que le dejó su padre. Eso se llama bien privativo.
También puede ocurrir que el régimen del matrimonio no sea el de gananciales, que es el que tiene casi todo el mundo: mitad y mitad. Aunque esto cambia en Cataluña, donde el régimen matrimonial por defecto es el de separación de bienes.


CUANDO UNA PERSONA MUERE, ¿QUIÉN HEREDA?

Está claro que un persona puede morir con o sin testamento.
SIN TESTAMENTO:  a lo que diga la ley:





Las cifras que recibe el Estado cada año por falta de herederos y de testamento son notables, creo haber leído que unos 80 millones de euros en los últimos años. Y además una cosa muy curiosa, y es que el Estado premia a quien da parte de una herencia sin asignar con un 10% de lo que consiga ingresar. Además es que por lo visto existen cazadores de herencias.

Conforme nos separamos en parentesco, los impuestos se van multiplicando, en tal proporción que a veces trae cuenta renunciar a la herencia. Vamos que te cuesta más el aparejo que el caballo.

SI LA PERSONA FALLECE SIN HACER TESTAMENTO: EN EL PRÓXIMO ARTÍCULO
Un adelanto: una persona no puede dejar su herencia como le de la gana, tiene unas obligaciones con algunos familiares, son los herederos forzosos. 

domingo, 28 de junio de 2015

Planes de pensiones: no hay que entrar

Ante todo agradecer los mensajes de apoyo y pedir disculpas por lo que pueda tardar en responder a las muchas preguntas que me han hecho, lo que iré haciendo poco a poco.

Hoy toca PLANES DE PENSIONES

¿QUÉ ES UN PLAN DE PENSIONES?
Es ahorrar para la jubilación.
Una persona va haciendo aportaciones de dinero, poco a poco o de una vez, que se acumulan y se invierten para recuperarlas con sus intereses una vez que te jubilas.
Con ese dinero y el de muchas otras personas el banco o la entidad financiera lo invierte y las ganancias o las pérdidas se acumulan.

VENTAJAS E INCONVENIENTES
Tiene una ventaja importante. Que te lo puedes deducir en la declaración de la renta, reduciendo la base imponible. Eso puede ser una cantidad importante.
Pero tiene algunos inconvenientes, y graves:
1. No lo puedes sacar hasta que te jubiles. O bajo unas condiciones muy estrictas: incapacidad, fallecimiento, paro de larga duración, ….
2. Cuando lo rescatas, al jubilarte, es cuando Hacienda te pega el palo, y te cobra impuestos, pero no sobre lo que has ganado, sino sobre todo lo que recibes, incluido lo que tú habías metido. Antes de la reforma de 2007 había un 40% de reducción de tributación, que ya no existe.
3. Los planes de pensiones los invierten los gestores y pueden hacerlo bien o mal, cobrar muchas o pocas comisiones, y tener acierto y ganar dinero o no tenerlo y perder dinero. O sea que puede ocurrir que acabes con menos dinero del que metiste

¿Y CUANDO SE RESCATA, CÓMO INTERESA HACERLO?
Cuando te jubilas tú puedes decidir cuándo y cómo rescatas el dineroY tienes que hacerlo de forma que pagues lo menos posible a Hacienda
Lo puedes recuperar todo de un golpe, o poco como una renta en varios años.
La diferencia es que puedes llegar a pagar hasta unos 5.000 € más o menos entre varias declaraciones de la renta.
Si lo recibes de un golpe, se te acumula a la pensión y al resto de ingresos. Vamos, que se te va a disparar el tipo impositivo, y a lo mejor pasas de un 16% a un 25%, o a un 35%, o más.
Un caso aparte son las aportaciones anteriores a 2007, que si conservan la ventaja de una reducción del 40%.
La mejor forma de cobrarlo: esperar a hacerlo un año que se tengan muy pocos ingresos, y si no, distribuirlo entre los años que menos ingresos se tengan.

PERO ¿Y SI YA TENGO UNO?
Hay mucha gente que tiene planes de pensiones. Fueron una buena opción, pero después de que Hacienda quitase la reducción del 40% ya no son una buena inversión.
No sigas haciendo aportaciones y planifícate para invertir ese dinero mediante una cesta de fondos diversificada, pero bien aconsejado.
Comprueba cómo te va el fondo: vete al banco e infórmate bien de cuánto vas ganando, o perdiendo, y si no te convence, no lo dudes, traspásalo, o sea, cámbialo a otro que eso sí que puedes hacerlo.
Búscate uno que esté bien gestionado, que tenga pocas comisiones y que venga consiguiendo buenos rendimientos. 
Elige uno que se te adapte: renta fija (menor riesgo, menor rentabilidad), renta variable (mayor riesgo, mayor rentabilidad).

RESUMEN
Los planes de pensiones no son una buena inversión. Te estás ahorrando en las declaraciones de la renta, pero espérate el palo cuando lo rescates, que se llevará toda la rentabilidad de un golpe.
Ten en cuenta que para que suscribas estos planes hay algunos ganchos como regalos o bonificaciones …. No piques el anzuelo.
Y si ya los tienes, no hagas nuevas aportaciones.
Si no te va bien, traspásalo a otro mejor gestionado, con mejores rendimientos y menos comisiones.
Y sobre todo pon, mucha atención a cómo te interesa cobrarlos al jubilarte. Vamos, que hagas cuentas. 

ORIENTACIÓN SOBRE PLANES DE PENSIONES

En España hay más de 1.300 PP. La elección es realmente complicada. Hay que ayudarse de asesores especializados. Si no conoces a nadie de fiar, pues acude a internet, que ahí está todo. 
Los datos que voy a dar a continuación no son míos, están sacados de webs de prestigio como Morningstar, OCU Inversores,  Cincodías, Expansión Económica o i.Ahorro.
Pero en los fondos, como en cualquier inversión, tienes que decidir el riesgo que quieres asumir y la rentabilidad que buscas, sabiendo que menos riesgo es menos rentabilidad y más riesgo es mayor rentabilidad o mayores pérdidas.

En los comparadores también aparecen PP de entidades como BBVA, Caixa, Santander y otros.
Tu banco puede hacerte buenas ofertas, pero recuerda que no es oro todo lo que reluce y que si te hablan de las grandes rentabilidades que ha tenido estos años, recuerda que “rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras”.
Mira que se adapte a tu riesgo, que haya tenido buenas rentabilidades, que tenga bajas comisiones y que esté bien valorado.
Para esto, puedes consultar un clasificador de prestigio como Morningstar.com

Una cuestión final importante, y urgente:
Los mercados van a vivir unas semanas de infarto. Lo de Grecia va a ser una montaña rusa con subidas y bajadas no aptas para cardíacos.
Espera unos días o unas semanas a que esto se estabilice.
o Por ahora infórmate, pero toma las decisiones con un mercado más tranquilo.
Y si ya estás dentro, tómate una pastilla para el corazón.

viernes, 26 de junio de 2015

La ruptura del Sistema Educativo

Mariano Rajoy en enero de 2015: “Nos opondremos con firmeza a todo lo que entrañe riegos de desmembración de nuestro sistema educativo en 17 sistemas educativos diferentes”.

El gobierno del PP consciente de que su mayoría absoluta no se va a repetir la próxima legislatura y con todos los grupos de la oposición en contra de la ley Wert, aceleró los calendarios de aplicación para hacer irreversible el cambio de leyes, contra la inmensa mayoría de la comunidad educativa.

El resultado: CAOS EDUCATIVO

Ahora coexisten comunidades con los planes de estudio antiguos y otros con los nuevos. La mayor parte de las comunidades no han aprobado los nuevos currículum, unos trabajarán con los libros antiguos y otros con los nuevos, a muchas no les dará tiempo de aplicar la ley. En resumen,  improvisación,  prisas, casos, falta de coordinación y temor entre alumnos, padres y profesores a qué va a ocurrir el curso próximo. Todo lo contrario de lo que debe imperar ante la puesta en marcha de una reforma educativa.
Con la nueva ley el ministro ha dejado en manos de las autonomías la secuenciación de contenidos comunes, o sea, 17 planes de estudio diferentes, uno por comunidad, lo que garantiza que se recibirá un tipo de educación según el lugar de nacimiento.

Al desbarajuste de los planes de estudio sumamos la selectividad. Según el PP la selectividad no sirve para nada porque aprueban todos los alumnos. Lo que manifiesta un grado supino de desconocimiento del sistema. La selección de los alumnos que acceden a la Universidad se produce en los institutos, donde los profesores dejan pasar a quienes entienden que están en condiciones de aprobar la prueba. Y los resultados les dan rotundamente la razón.  La gran ventaja de la Selectividad es que con una única prueba los alumnos pueden acceder a cualquier carrera de cualquier universidad. Con el nuevo sistema de reválida, unos evaluadores externos, que irremediablemente serán menos competentes que nuestros profesores actuales, podrán suspender a un alumno que ha demostrado su competencia durante años, por tener un mal día, y condenarlo a la expulsión del sistema sin título y sin futuro. A lo que hay que añadir que donde ahora hay una única prueba, en el futuro se multiplicarán por dos, tres o diez, en función de los intereses de estudio de cada alumno.

Y no acabarían ahí los problemas, pues a la llegada a la universidad el esquema de precios públicos hace que un grado en Barcelona cueste el triple que uno en Sevilla. Afortunadamente en Andalucía las autoridades educativas han determinado los precios más asequibles de todo el Estado. A lo que añadir un sistema de becas restrictivo, discriminatorio y que condena a los menos favorecidos a abandonar los estudios universitarios, como ya viene ocurriendo.

En el nuevo Parlamento es probable una mayoría de grupos contrarios a esta Ley. Será el momento de llevar a la práctica el compromiso, ya firmado por todos, de sustituir una mala ley por una consensuada y avalada por un gran acuerdo político.

Poner orden en el actual caos no va a ser fácil y la nueva ley deberá plantearse reconstruir el sistema educativo español. Para ser honestos ese gran acuerdo estuvo al alcance de la mano cuando el ministro de Educación fue Ángel Gabilondo. Una figura irreprochable, conciliadora, de consenso y acuerdos, que a punto estuvo de materializar la unanimidad con la reforma del sistema educativo. Pero para nuestra desgracia, se convocaron elecciones y el PP decidió que le era partidistamente más rentable romper el acuerdo. Y para nuestra desgracia y la de la educación en España, la jugada le salió bien.    

Al finalizar este artículo se conoce la sustitución del ministro Wert por Méndez de Vigo. Lo que ratifica que incluso el propio PP reconoce el fracaso de su reforma educativa. El nuevo ministro llega con escasa experiencia en administración educativa, lo que será un hándicap, pero esperemos de él la paralización de un reforma que nos aboca a un futuro educativo anárquico.