martes, 24 de abril de 2018

Reclamar a un banco. Qué te conviene hacer con el dinero devuelto de la cláusula suelo


(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 25 de abril de 2018)

RECLAMAR A UN BANCO


ME ESTABAS CONTANDO HACE UN MOMENTO, FUERA DE ANTENA, QUE HAS TENIDO PROBLEMAS CON UN BANCO
Voy a contarle a los oyentes una experiencia personal. Este año, la cuesta de enero, febrero y marzo me ha dejado sin un € en la cuenta, literalmente. Ya sabes que yo soy matemático, pero no veía tantos ceros hace mucho tiempo.
Llamé por teléfono a mi banco, que es el Banco Santander, a ver si me podían adelantar algún dinero de la nómina. La llamada no era a Villacarrillo, era a los servicios centrales que tienen por internet.
Ya sabes que los servicios telefónicos de atención al cliente son supereducados. Otra cosa es que te resuelvan los problemas. Me ofrecieron varias opciones, una de ellas era un préstamo nómina con muy buenas condiciones y sin comisiones. O al menos yo entendí que era sin comisiones.
Mandan los papeles para firmar a la oficina de Villacarrillo, y allí la directora, superamable, me lee las condiciones, y yo firmo. Sinceramente, en esos momentos no estaba muy centrado, y me pasa lo que a mucha gente que no me fije en lo que me leyeron, porque ya venía convencido de la contratación telefónica. Cuando llego a mi casa ya tenía el dinero en mi cuenta. Pero veo a continuación una comisión de apertura del 1%, y cobrada. Eso no es lo que me habían dicho en el teléfono de Atención al Cliente.
El cliente no siempre tiene razón, pero yo entendía que en este caso sí.

A CUALQUIERA QUE LE PASE ALGO DE ESTO SE CABREA Y LO PAGA CON LA DIRECTORA O CON EL CAJERO DL BANCO
Eso es un error. Y además no te va a resolver el problema. El paso correcto es ponerse en contacto con el servicio de atención  al cliente del banco y presentar una reclamación. Yo es lo que hice, y lo hice por teléfono.
No ha pasado una semana y me han llamado para darme una contestación: como sabes las llamadas telefónicas a los servicios bancarios las graban. Pues bien, han escuchado la conversación, y efectivamente el empleado que me atendió me dice en varias ocasiones que el préstamo no tenía comisiones. Resultado: que me van a devolver la comisión del 1% que me han cobrado.

ESTAMOS DICIENDO QUE CUANDO TENGAMOS UN PROBLEMA CON EL BANCO NO HAY QUE CONFORMARSE, QUE HAY QUE RECLAMAR
Justamente. Y no sólo con las clausulas suelo o las preferentes. Aunque sean cantidades modestas, si lo crees justo, reclama. Pero no de cualquier manera.
Para empezar, no seas bruto, vete al banco y habla con el director o con la directora. Muchos problemas se resuelven con este sencillo paso.
Si no te solucionan el problema, ponte en contacto con el servicio de Atención al Cliente del banco. Muchas de las reclamaciones las puedes presentar por teléfono, otras tendrás que hacerlo por escrito en el banco. Eso sí, tienen dos meses para contestarte. Aunque suelen hacerlo mucho antes. A mí no me tardó ni una semana.
Si la respuesta sigue sin convencerte, ya tienes que irte a un organismo supervisor. Según sea tu problema, va a ser el Banco de España, la CNMV, o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Te lo puede hacer bien una organización de consumidores, pero si lo haces tú vas a necesitar un formulario, que puedes encontrar en la web de estos organismos. En ese documento detalla tu reclamación y adjunta los documentos en los que te basas, pero que sean fotocopias, nunca los originales, que los pierdes.
Sólo una recomendación más: hazlo todo educadamente, y en menos de 2 años.
Y aunque tengas problemas con tu banco, valora si tiene un servicio eficiente de reclamaciones que te resuelva tus problemas. Yo en este caso, he tenido una atención eficiente del Banco de Santander. Y no me duele decirlo.

CONSULTA de la semana: ¿QUÉ PUEDO HACER CON EL DINERO DEVUELTO DE LAS CLÁUSULAS SUELO

YA SE ESTÁN PRODUCIENDO SENTENCIAS POR LAS CLAUSULAS SUELO Y HAY QUIEN QUIERE SABER QUÉ HACER CON ESE DINERO. PERO ¿DE CUÁNTO DINERO HABLAMOS?
Esta pregunta no me llegó por internet, como es usual, sino que fue personalmente. Es una familia a la que ya le ha salido la sentencia y el banco tiene que devolverle unos 20.000€. Aunque conozco gente que puede duplicar esa cifra. Pero las cifras normales, están sobre los 5-10.000€. Es una cifra importante, y no es que no sepan qué hacer con el dinero, que mira que hay sitios donde gastarlo, sino que quieren saber lo que más les conviene.
Para empezar, si tienen alguna deuda de otro tipo, lo mejor es empezar por cancelarla y quitarte ese problema.
Si no tienen otras deudas, las opciones son dos:
o Dejar el dinero en el banco y reducir el préstamo
o Invertir ese dinero en algún producto bancario
Si lo vas a dejar en el banco, reduces el préstamo, pero lo puedes hacer de dos formas: mantener el plazo, pero reduciendo las cuotas que pagas. O seguir pagando la misma cuota, pero durante menos tiempo. De estas dos opciones, te ahorras más dinero manteniendo la misma cuota y acortando el plazo. Y ojo, mírate el contrato por si e van a cobrar alguna comisión por amortización anticipada.
Segunda opción, invertir en un producto bancario, y aquí viene la eterna duda: a plazo fijo o en alguna inversión.
A plazo fijo, lo mejor que te vas a encontrar es un 0,9% y para eso vas a tener que irte a internet al Crèdit Agricole con un 0,9%, y si te vas a un banco más conocido puedes ser como mucho, mucho el 0,4%. Este caso, no te conviene. Es mejor reducir el préstamo, si no hay comisión.
Y última opción, invertir el dinero en un producto financiero, asumiendo un riesgo limitado. Aunque ya sé que aquí tenemos verdadera aversión a la palabra riesgo.  Si te decides por esta opción, te recomendaría un fondo mixto con riesgo moderado, y concretamente el Metavalor Global. Posibilidad de tener mayores ganancias, pero asumiendo ese riesgo moderado de que no suba, o que baje algo.
Resumiendo, opciones ventajosas: reducir el plazo del préstamo dejando la misma cuota, o invertir en un fondo mixto moderado.   

¿ALGUNA OTRA CONSIDERACIÓN?
La verdad es que sí. Ese dinero que te dan, mejor dicho que te devuelven, puede tener consecuencias fiscales para Hacienda, o sea, que a lo mejor hay que declararlo en la renta.
Si durante estos años, en la declaración de la renta, te has estado deduciendo el préstamo por adquisición de vivienda, y ahora te dan ese dinero, debes devolver lo que te habías deducido de más. Y como las declaraciones prescriben a los 4 años, deberías devolver el exceso desde la declaración de 2013, la que hiciste en 2014.
Las modificaciones de declaraciones pasadas se hacen con una complementaria, o sea, con una declaración nueva por uno de los 4 años, con los datos correctos. Pero en la declaración de este año se han habilitado unas casillas para indicar los datos la devolución y no tener que hacer esas complementarias, que Hacienda ya se encarga de cobrarte lo que habías deducido de más. Tendrás que rellenar las casillas 539 y 544 y marcar las casillas 540 y 545.
Pero si el dinero que tiene que devolverte el banco lo destinas a reducir el préstamo, no tienes que declarar nada. Y este es un argumento a favor para decidirte por reducir el préstamo frente a la opción de invertirlo.
Resumen final: en este caso concreto, yo destinaría ese dinero a dar a reducir el plazo del préstamo y seguir pagando la  misma cuota, asegurándome que no te cobran comisión.

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